Indicador 9.1
Cuadro de horas

Objetivo del indicador

Asegurar que los IESP/EESP elaboren de manera óptima y oportuna sus cuadros de distribución de horas, y asignen eficientemente las horas lectivas y no lectivas del personal nombrado y contratado, de acuerdo al perfil profesional y la demanda formativa de los estudiantes, con el objetivo de garantizar un proceso de contratación docente oportuno que, a su vez, permita asegurar el buen inicio del año académico.

Área responsable:

Dirección de Formación Inicial Docente (DIFOID)

Consideraciones para el cálculo:

Consideraciones del numerador

En el numerador se considerará a los IESP/EESP que cuenten con los dos cuadros de distribución que corresponden al año académico 2024 (2024-I y 2024-II) hasta la fecha de cumplimiento del indicador.

Para que los cuadros de distribución de horas se consideren elaborados adecuadamente, tendrán que cumplir las siguientes condiciones:

  • Deben ser elaborados según lo establecido en la Resolución Viceministerial N° 019-2021-MINEDU.
  • Deben contar con la Resolución Directoral de aprobación emitida por la DRE/GRE conteniendo los anexos 7.1, 7.2 y 7.3 (de corresponder).

Para que los cuadros de distribución de horas se consideren elaborados oportunamente, se debe cumplir la siguiente condición:

  • Deben cargarse en el Repositorio DIFOID, conjuntamente con la Resolución Directoral de aprobación emitida por la DRE/GRE, hasta el 29 de febrero del 2024.

NOTA:

  • Las horas lectivas y no lectivas de los docentes deben haber sido distribuidas, tal como lo indica la Resolución Viceministerial N°019-2021-MINEDU.
  • La asignación de las horas lectivas y no lectivas debe realizarse en concordancia con el perfil profesional del docente (formación académica y experiencia profesional específica).
  • La asignación de la cantidad de horas lectivas debe realizarse según la naturaleza de la plaza (para docentes, jerárquicos y directivo), según lo establece la Ley N° 30512. Es decir, el docente con régimen de dedicación a tiempo completo puede tener un máximo de veinte (20) horas lectivas, mientras que en el caso de los docentes que asumen responsabilidades de gestión pedagógica o, directiva, deben contar con un máximo de doce (12) horas lectivas. De exceder lo establecido, esto debe encontrarse plenamente justificado.

Consideraciones del denominador

En el denominador se considerarán el total de IESP/EESP cuyos cuadros de distribución de horas y Resolución Directoral de aprobación emitida por la DRE/GRE fueron cargados en el Repositorio DIFOID hasta el 29/02/2024.

Documentación sobre el indicador 9.1:

  • Video de la Asistencia Técnica sobre la RVM N°019-2021-MINEDU Distribución de horas. Ver video
  • Presentación de la Asistencia Técnica sobre la RVM N°019-2021-MINEDU Distribución de horas. Ver documento
  • Presentación de la Asistencia Técnica Articulada sobre Compromisos de desempeño 2024. Ver documento
  • Video de la Asistencia Técnica Articulada sobre Indicador 9.1 de los Compromisos de desempeño 2024. Ver video
  • Presentación de la Asistencia Técnica Articulada sobre Indicador 9.1 de los Compromisos de desempeño 2024. Ver documento
  • Documento Preguntas y Respuestas sobre el Indicador 9.1 Compromisos de desempeño 2024. Ver documento
  • Video de la AT sobre Operativización del indicador 9.1 de los compromisos de desempeño 2024. Ver video
  • Presentación de la AT sobre Operativización del indicador 9.1 de los compromisos de desempeño 2024. Ver documento
  • Instrumento para la revisión de cada formato Excel (es una propuesta, de uso opcional). Ver documento

Orientaciones para el acceso al repositorio DIFOID:

Video tutorial para acceder al Repositorio donde deberán cargar los dos cuadros de horas 2024 de cada institución junto a las respectivas RDR de aprobación de los mismos (la secuencia fue presentada en la AT del 17 de enero del presente).