Sistema de Gestión Antisoborno y de Cumplimiento
Sistema de Gestión Antisoborno y de Cumplimiento
El MINEDU viene implementando un Sistema de Gestión Antisoborno y de Cumplimiento con el objetivo de fortalecer la gestión institucional.
Resolución Ministerial N.° 303-2024-MINEDU
Aprobar la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión), que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. - deroga la Resolución Ministerial N° 320-2023-MINEDU.
(Publicación: 18 junio, 2024 - 472.3 KiB - 216 descargas)
Es por ello que se aprobó la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión)1 respetando sus valores institucionales, con los siguientes compromisos:
- Promover la ética e integridad en los servidores públicos del Ministerio de Educación, sin distinción del régimen laboral, rechazando la corrupción2 en cualquiera de sus modalidades y el incumplimiento de sus obligaciones, prohibiendo la aceptación de regalos, obsequios, cortesías, así como la obtención de ventajas indebidas.
- Asegurar el cumplimiento de la normativa pertinente y las obligaciones aplicables, la adopción de medidas disciplinarias ante su incumplimiento y la comunicación oportuna a las autoridades administrativas y judiciales cuando corresponda.
- Promover la gestión de riesgos de soborno y de incumplimiento de obligaciones, así como la implementación de controles, fomentando la mejora continua del Sistema Integrado de Gestión Antisoborno y Cumplimiento, considerando a las personas como las principales responsables de su gestión y mejora.
- Promover el planteamiento de inquietudes de soborno e incumplimiento de obligaciones, y proporcionar canales de denuncias eficaces, así como la implementación de medidas que garanticen la confidencialidad de la información, y aseguren no tener represalias ante los reportes.
- Garantizar la autoridad e independencia de la Función de Cumplimiento, a cargo de la supervisión, asesoría y aseguramiento del funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión.
Disposición que regula el ofrecimiento de regalos
Asimismo, se han establecido disposiciones que regula el ofrecimiento de regalos y canales de atención de denuncias de corrupción.
Los servidores del MINEDU estamos prohibidos3 de solicitar o recibir regalos u otros, que permitan crear cualquier ventaja, diferencia de trato, expectativa, capacidad de influencia u obligación directa o indirecta en la contratación de proveedores o atención de administrados.

Canales de atención de denuncias de corrupción
Ponemos a tu disposición 3 canales de atención para la presentación de denuncias de corrupción.
Recuerda que puedes denunciar de forma anónima o también puedes solicitar las siguientes medidas: reserva de identidad, protección laboral (si eres un servidor del MINEDU) u otras medidas de protección (en caso la denuncia sea presentada por un postor o proveedor).
En caso de tener inquietudes (consultas, alertas o sugerencias) relacionadas al incumplimiento de obligaciones del “Sistema de Gestión de Cumplimiento del MINEDU” comunícate mediante el correo modelodeintegridad@minedu.gob.pe.
Glosario
- Soborno o coima
Acto de corrupción en el que se otorga o recibe una dádiva a cambio de un favor u omisión de las obligaciones a las que está sujeta el cargo. Esta dádiva puede adoptar formas diversas: dinero en efectivo, transferencia de acciones, favores sexuales o promesas diversas.4 - Cumplimiento de obligaciones
Es una práctica para gestionar (identificar, cumplir y hacer seguimiento) las obligaciones que debe cumplir una organización. - Obligaciones
Son requisitos que una organización tiene obligatoriamente que cumplir, así como aquellos que una organización elige voluntariamente cumplir.

- Aprobada con RM N° 303-2024-MINEDU SKM_C55824061716150 (www.gob.pe)
- De acuerdo a lo establecido en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, el soborno, o coima, es un tipo de corrupción en el que se otorga o recibe una dádiva a cambio de un favor u omisión de las obligaciones a las que está sujeta el cargo. Esta es la forma más común y extendida de corrupción. Esta dádiva puede adoptar formas diversas: dinero en efectivo, transferencia de acciones, favores sexuales o promesas diversas (Anwar, 2006; UNODC, 2004).
- Resolución Ministerial 314-2022-MINEDU. Disposiciones que regulan el ofrecimiento, aceptación y devolución de regalos, cortesías, donaciones y beneficios similares en el MINEDU.
- Definición se recoge de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM.