La RVM N°097-2022- MINEDU, es el documento normativo que orienta la realización del procedimiento de licenciamiento; detalla las diferentes fases por las que transitan las Instituciones que acceden a él, desde la presentación de su solicitud hasta la obtención de la resolución ministerial que otorga o desestima la licencia solicitada.
El Plan de Cumplimiento es el documento que la Dirección de Formación Inicial Docente (DIFOID) solicita a las Instituciones cuando verifica que no evidencian la realización de los criterios de cumplimiento de todas o algunas de las Condiciones Básicas de Calidad, al revisar el expediente que envían para iniciar el procedimiento de licenciamiento.
El mencionado documento lo debe presentar la Institución llenando el formato que se encuentra en el anexo 5 de la RVM N°097-2022, donde se le solicita la descripción de acciones y actividades, cronograma de trabajo y el presupuesto proyectado, destinado a cumplir con todas las observaciones recibidas; el plazo de su ejecución no debe ser mayor a un año en caso de ser institución privada y de dos años en caso de ser institución pública.
Finalizado el plazo de ejecución del Plan de Cumplimiento, la Institución solicitante tiene quince días hábiles para presentar la documentación y/o formatos que corroboren el levantamiento de los criterios de cumplimiento no logrados en la revisión de la propuesta presentada con su solicitud de licenciamiento; culminado el proceso de revisión y evaluación a cargo del equipo especializado, esta Dirección emite un informe técnico con lo cual termina la etapa de evaluación integral.
Las diferentes versiones que esta Dirección ha recibido sobre el Plan de Cumplimiento, han puesto en evidencia la necesidad de preparar un documento orientador con precisiones que faciliten la suscripción del Anexo N°5.