Sistemas de información

La educación superior tecnológica requiere sistemas de información y comunicación accesibles, ágiles y transparentes. Esta información debe ser actualizada para que facilite la toma de decisiones en las distintas instancias y permita el desarrollo de actividades de manera informada y orientada hacia procesos de mejora continua, tanto a nivel institucional como en términos de oferta.



  • ¿Por qué es importante que los institutos de educación superior reporten información?

Porque con esa información actualizada se garantiza estándares de calidad en los servicios educativos para la formación integral en los campos de la ciencia y la tecnología.

Esta información contribuye con el desarrollo individual y social de los ciudadanos, así como al desarrollo sostenible del país, mediante una oferta formativa de calidad con las condiciones necesarias para responder a los requerimientos de los sectores productivos y educativos.

La información obtenida permitirá:

El análisis y diagnóstico de las condiciones de calidad de las instituciones de educación superior.

El desarrollo de políticas, regulación, licenciamiento y acreditación.

El fomento de la mejora continua y fortalecimiento de la gestión de las instituciones de educación superior.

La recolección y uso de datos a fin de comunicar mejor las políticas educativas.

La participación de estudiantes, docentes y empresas en la elaboración de propuestas y mejoras.



  • ¿Qué sistemas de información tengo a disposición?

Apoyo a la gestión académica de los institutos de educación superior que permite gestionar los procesos de admisión, matrícula y evaluaciones de estudiantes.

Módulo: Institución Educativa (rol del director)
  • Información general, periodo lectivo, personal no docente, personal docente y sedes.

  • Programa de estudios, plan de estudios.

  • Turnos, ambientes y reglas de promoción.

Módulo: Metas de Atención (rol del director)
  • Resoluciones y metas de atención.

Módulo: Admisión (rol del secretario académico)
  • Admisión

Módulo: Planificación (rol del secretario académico)
  • Periodo de clases y programación de clases.

Módulo: Matrícula (rol del secretario académico)
  • Programación de matrícula, registro de estudiantes.

  • Ingresantes accesitarios, registro de matrícula, licencia de estudiante, reingreso de estudiante, reserva de matrícula.

Módulo: Traslados (rol del secretario académico)
  • Traslado salida y traslado ingreso.

Módulo: Evaluación (rol del docente)
  • Registro de notas.

Los Institutos de Educación Superior (IES) y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica (EEST) públicos y privados deben contar como mínimo con la siguiente información académica, auditable por el Minedu:

  • Registro de matrícula, a los 30 días hábiles de haber iniciado el periodo académico.

  • Registro de notas, a los 30 días hábiles de haber culminado el periodo académico.

  • Registro de certificados de grados y títulos, a los 30 días hábiles de su emisión.

  • Consolidado de notas, a los 30 días hábiles de haber culminado el plan de estudios.

  • Registro de egresados, a los 30 días hábiles de haber culminado el programa de estudios.

Es importante que esta información sea registrada durante el periodo académico en curso, y no postergar o retrasar la actualización de esta.

Para tener acceso a REGISTRA, envía tu código modular, nombre del IEST o IES, DNI, nombre del director, correo electrónico, teléfono celular y resolución del director al siguiente correo: registra@minedu.gob.pe

El/la directora/a del IEST e IES es el responsable de registrar y actualizar la información; para lo cual, deberá escribir al correo electrónico a informacion01@minedu.gob.pe (teniendo como asunto: Solicitud de acceso al sistema REGISTRA) e indicar su número de documento nacional de identidad (DNI), correo electrónico y número de celular.

Si tiene algún inconveniente o dificultad con su acceso o registro de información, escriba al correo registra@minedu.gob.pe

Sistema de registro de los grados y títulos de las instituciones de educación superior tecnológica en el marco del artículo 40 de la Ley N.° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.

Institutos de Educación Superior (licenciados)
  • Parte 1: Introducción (normativa, requisitos, solicitud de usuario, sistemas y escenarios).

  • Parte 2: Uso del sistema (iniciar sesión, revisar perfil de la institución, registro, carga individual).

  • Parte 3: Uso del sistema (carga masiva de egresados).

  • Parte 4: Uso del sistema (carga masiva de diplomas y resoluciones, nuevas solicitudes, mesa de partes).

  • Parte 5: Levantamiento de observaciones, verificación de registros de títulos, información complementaria, canales de atención.

Institutos de Educación Superior Tecnológico (no licenciados)
  • Parte 1: Introducción (normativa, requisitos, solicitud de usuario, sistemas y canales de atención).

  • Parte 2: Uso del sistema (iniciar sesión, revisar perfil de la institución, registro, carga individual).

  • Parte 3: Uso del sistema (carga individual y masiva de egresados, egresados, diplomas y resoluciones).

  • Parte 4: Nuevas solicitudes, mesa de partes, levantamiento de observaciones, verificación de títulos.

Actualmente solo los IEST pueden utilizar la plataforma TITULA (https://titula.minedu.gob.pe).

Posterior al registro de los títulos en la plataforma TITULA, la solicitud de registro de grados y títulos debe ser ingresada en la mesa de partes virtual del Ministerio de Educación (https://enlinea.minedu.gob.pe), donde deberá tener un usuario institucional (persona jurídica) y adjuntar solo la solicitud.

Para el caso de IES, por el momento solo deberá ingresarlo en la mesa de partes virtual del Ministerio de Educación (https://enlinea.minedu.gob.pe), donde deberá tener un usuario institucional (persona jurídica) y adjuntar los requisitos señalados en el Reglamento de la Ley N.° 30512, manteniendo los formatos establecidos (PDF y EXCEL).

Puede acceder a un video instructivo sobre el uso de la mesa de partes virtual en el siguiente enlace: www.youtube.com/watch?v=S2myxKjIAwQ

Para ingresar una solicitud de registro de títulos a la plataforma TITULA, el director general debe contar con un usuario de acceso. De no contar con un usuario, puede solicitarlo al correo registrotitulos@minedu.gob.pe, adjuntando el documento oficial vigente que reconozca al director general en el cargo y consignar la siguiente información:

  • Nombre del IEST.

  • Código modular

  • Nombre del director(a) general

  • DNI del director(a) general

  • Correo electrónico

  • Celular del director general

Si el director general del IEST cuenta con un usuario y contraseña en sistema REGISTRA, puede acceder a la plataforma TITULA con las mismas credenciales.

Cabe indicar que en la plataforma TITULA podrá acceder a un manual instructivo para su uso.

El director general del IES, EEST o IEST, quien solicita el registro del grado de bachiller técnico, título técnico o título profesional técnico, debe contar con el documento oficial vigente que lo reconozca en el cargo.

De acuerdo al numeral 89.1 del artículo 89 del Reglamento de la Ley N° 30512, los requisitos que deben presentar los IEST e IES privados son los siguientes:

  • Solicitud firmada por el director general.

  • Declaración jurada firmada por el director general, escaneada y en formato PDF, donde se detalle que los egresados han cumplido con todos los requisitos previstos en la Ley y en el presente reglamento.

  • Resoluciones de traslado, convalidación y reincorporación cual sea el caso.

  • Versión digital en formato Excel de la ficha de registro del grado de bachiller técnico o título (técnico o profesional técnico), para efectos de la generación del código único.

  • Versión digital en formato PDF del grado de bachiller técnico o título (técnico o profesional técnico) de cada egresado, escaneado en anverso y reverso. El nombre de cada archivo debe contener únicamente el número del documento nacional de identidad del egresado.

De acuerdo al numeral 90.1 del artículo 90 del Reglamento de la Ley N° 30512, los requisitos que deben presentar los IEST e IES públicos son los siguientes:

  • Solicitud firmada por el director general vigente.

  • Los requisitos señalados en el numeral 89.1 del artículo 89 del reglamento, con excepción del literal a. Para el caso de los IES Públicos, en lo que se refiere a declaraciones juradas, se deberá presentar mediante informe.

De acuerdo al artículo 91 del Reglamento de la Ley N° 30512, los requisitos que deben presentar los IEST e IES públicos son los siguientes:

  • Solicitud firmada por el director general designado.

  • Documento firmado por el director general de la institución o el que haga sus veces, señalando que los egresados han cumplido con todos los requisitos previstos en la normativa vigente para la obtención del grado o título.

  • Versión digital en formato PDF de la resolución u otro documento que acredite la designación del director general de la institución, o el que haga sus veces, la autorización o creación de la institución y la autorización del programa de estudios vinculado al grado o título.

  • Resoluciones de traslado, convalidación y reincorporación, según sea el caso.

  • Versión digital en formato Excel de la ficha de registro de grado o título, para efectos de la generación del código único.

  • Versión digital en formato Excel del consolidado de notas, para efectos de la generación del código único, con información vinculada al programa de estudios.

  • Versión digital en formato PDF del grado o título, escaneado en anverso y reverso, de cada egresado. El nombre de cada archivo debe contener únicamente el número del documento nacional de identidad del egresado.

  • Para el registro del grado, es necesario que la institución se encuentre adecuada a la Ley y al presente Reglamento, dicho registro es previo al registro del título.

Si tu institución está cerrada deberás tramitar el título a través de tu DRE (Dirección regional de Educación) correspondiente que designará a la institución educativa ante la cual podrás tramitar la obtención de grados y títulos correspondientes.

Si tu título fue emitido a partir del año 2016, puedes realizar la consulta de registro de título profesional técnico en la página web “Consulta de títulos de instituciones tecnológicas y pedagógicas”, en este link: https://titulosinstitutos.minedu.gob.pe/

Respecto a los títulos registrados años anteriores deberá consultar con su DRE correspondiente.

Tiene una duración de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la presentación de su solicitud.

No existe un límite para el envío de solicitudes de registro de grados o títulos. Por lo que los IEST, IES, EEST e instituciones de otros sectores pueden solicitar el registro de grados o títulos las veces que lo requieran.

  • Los requisitos para la presentación de una solicitud de registro de grado de bachiller técnico ante el Minedu están establecidos en los artículos 89 (IES privados) y 90 (IES públicos) del reglamento de la Ley N.º 30512, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 010-2017-MINEDU y modificado por Decreto Supremo N.º 011-2019- MINEDU. Asimismo, la información presentada debe respetar lo establecido en los LAG y lo indicado en las Orientaciones para el desarrollo del servicio educativo-durante la emergencia sanitaria (covid-19) aprobados con Resolución Viceministerial 157-2020-MINEDU.

  • Es competencia del Minedu registrar los grados de bachiller técnico otorgados por los IES a los egresados que hayan aprobado un programa formativo licenciado con un mínimo de 120 créditos y acrediten el conocimiento de un idioma extranjero o lengua originaria.

  • Los institutos licenciados (IES) otorgan el grado de bachiller técnico, al haber culminado un programa de estudios licenciado de manera satisfactoria y haber cumplido con los requisitos establecidos por el Minedu y por el IES.

  • Los estudiantes que hayan desarrollado programas de estudios no licenciados podrán obtener el grado de bachiller técnico, luego de convalidar sus estudios con un programa de estudio licenciado y cumplir con los requisitos de la Institución educativa para obtención de dicho grado. únicamente otorgan el grado de bachiller técnico los IES debidamente licenciados dentro del marco de la Ley N.° 30512 y su reglamento.

  • Los títulos expedidos por los IEST e ISE autorizados antes de la vigencia de la ley N.° 30512, que aún no hayan sido registrados por la institución en el Minedu o en las DRE, deberán registrarse cumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento.

Un IES puede otorgar el grado de bachiller técnico, siempre y cuando los egresados hayan culminado un programa de estudios licenciado. En el caso de que los egresados hayan culminado una carrera profesional técnica con fecha anterior al licenciamiento, pueden obtener el grado de bachiller técnico, previo proceso de convalidación entre la carrera profesional técnica estudiada y el programa licenciado, dicha convalidación debe ser conforme a lo dispuesto en el numeral 21.8 y 12.3 de los LAG y lo establecido en el reglamento interno de la institución. Asimismo, deberá tener en cuenta que el grado académico de bachiller técnico se otorga al cumplimiento de los siguientes requisitos mínimos, en el acápite 14.1 del numeral 14 de los LAG y el reglamento interno de la institución.

El registro de los grados de bachiller y título profesional emitidos por las EES es solicitado a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

Sistema de información sobre los egresados de los Institutos de Educación Superior Tecnológica e Institutos de Educación Superior relacionado a su trayectoria e inserción laboral en cumplimiento de la Ley N.° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.

Sistema de seguimiento de egresados (Conecta)
  • Conecta tutorial

Los IES y EEST públicos y privados deben contar como mínimo con la siguiente información académica, auditable por el Minedu:

  • Registro de seguimiento de egresados, especificando inserción y trayectoria, a los 30 días hábiles de cumplido el primer año de egreso y a los 30 días de cumplido el segundo año de egreso.

Escribir a conecta@minedu.gob.pe enviando la siguiente información: Código modular, nombre del IEST o IES, DNI, nombre del director, correo electrónico, teléfono celular, resolución del director.

La responsabilidad es del Director del IEST e IES, quien puede delegar la responsabilidad al responsable de seguimiento de egresados o a quien desempeñe dichas funciones. Asimismo, la plataforma permite el acceso a los egresados. Los detalles para el registro de usuarios lo pueden revisar en el Manual de Usuario de CONECTA.

Si tiene algún inconveniente o dificultad con su acceso o registro de información puede comunicarse a los siguientes canales de atención: conecta@minedu.gob.pe

Sistema de Gestión Docente que brinda las opciones para participar en los diversos procesos que se han implementado en apoyo a la realización de los procesos relacionados con la gestión del personal docente, directivo y jerárquico de la educación superior tecnológica y artística. Asimismo, permite a los directores de las IES, IEST, CETPRO y ESFA, acceder al Módulo del Servicio de internet, destinado al registro y selección de beneficiarios focalizados.


  • Consulta de títulos de instituciones tecnológicas y pedagógicas

Aquí podrás consultar los títulos de institutos de educación superior que figuran en el Registro Nacional de Certificados, Grados y Títulos a cargo del Ministerio de Educación, creado a partir de noviembre de 2015 en el marco de la Ley N.° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.




  • Diagnósticos de la oferta formativa regional pública