Directiva de planificación operativa del Sector Educación

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PRIMERA PARTE: DISPOSICIONES GENERALES

1. Finalidad

La presente directiva tiene por finalidad establecer las normas que regulen el Proceso de Planificación Operativa del Sector Educación.

2. Objetivos

3. Base legal

4. Marco de referencia

5. Alcance

Las normas que se establecen en la presente directiva serán de aplicación en las Direcciones Nacionales, Oficinas y UO del MED, así como en las Instancias Intermedias, las Escuelas e Institutos de Régimen Especial, los OPD y las Universidades Públicas del Sector Educación.

6. Vigencia

Las disposiciones establecidas en la presente directiva entrarán en vigencia a partir de la fecha de su aprobación y tienen carácter permanente y obligatorio.

7. Responsabilidades

II. SEGUNDA PARTE: DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

Para los fines de la presente directiva, se considera tres subprocesos interdependientes dentro del Proceso de Planificación Operativa: 1) Programación y Formulación del POI, 2) Reprogramación y Reformulación del POI y 3) Monitoreo y Evaluación del POI. Asimismo, se ha realizado una distinción entre las disposiciones para las UO de la Sede Central, las Instancias Intermedias del Sector y el Resto del Sector (Escuelas e Institutos de Régimen Especial, OPD y Universidades).

La Planificación Operativa es el proceso por el cual se define los objetivos institucionales de corto plazo que contribuirán al logro de los objetivos institucionales de mediano plazo; se determina las estrategias, metas e indicadores que permitan medir el logro de los objetivos y se organiza las actividades, tareas y recursos físicos y presupuestarios del año fiscal, siendo asegurada la correcta aplicación de los mismos a través del seguimiento y control de la ejecución.

Entiéndase por organizar a: la definición de prioridades, la calendarización de tareas, recursos físicos y presupuestarios, la designación de responsabilidades y la determinación de resultados esperados (metas), así como de los niveles de decisión y comunicación.

1.Subproceso de Programación y Formulación del POI

1.1.Concepto

1.1.1.Fase de Programación

Se entenderá como programación al período en el cual se fija los objetivos institucionales de corto plazo, en función de los objetivos de mediano plazo, se define las estrategias, se propone las metas para el año y se identifica los indicadores asociados y las mediciones. Sobre esta base, se define las actividades por realizar, los recursos por emplear, la demanda global de gasto, así como la priorización de las acciones.

1.1.2.Fase de Formulación

Se entenderá como formulación al período en el cual las actividades se organizan en mayor detalle hasta el nivel de tareas, se detalla las metas y se calendariza y ajusta los recursos físicos y presupuestarios, de acuerdo con el crédito presupuestario asignado por el MEF. Una vez sancionada la Ley Anual de Presupuesto, se procede al ajuste final de la Formulación de la Asignación Presupuestaria y a la elaboración del POI y del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).

Comprende dos etapas que se concretan en dos productos:
(i) Proyecto de Plan Operativo Institucional, que sustenta la formulación del Proyecto de Presupuesto Institucional.
(ii) Plan Operativo Institucional, en concordancia con el Presupuesto Institucional de Apertura.

Esta Fase se inicia con la revisión y ajuste de la Estructura Funcional Programática (EFP) del Pliego para el año fiscal de referencia, de acuerdo con los objetivos definidos en la Fase de Programación.

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1.2. Pautas Generales

A continuación se presentan las pautas especificas que orientarán los subprocesos de Programación y Formulación para la i) Sede Central, ii) Instancias Intermedias y iii) Resto del Sector.

1.3. Sede Central

1.3.1. Fases del Subproceso y Responsables

Fases Responsable
Fase de Programación
1 Elaboración de la propuesta de Objetivos Sectoriales de Corto Plazo SPE – MED
2 Aprobación de Objetivos Sectoriales de Corto Plazo Titular del Pliego o quien éste faculte
3 Difusión de los Objetivos Sectoriales aprobados y de la escala de prioridades Unidad de Programación
4 Elaboración de la propuesta de Objetivos Institucionales de Corto Plazo y de la escala de prioridades SPE-MED
5 Aprobación de los Objetivos Institucionales de Corto Plazo y de la escala de prioridades Titular del Pliego o quien éste faculte
6 Difusión de los Objetivos Institucionales de Corto Plazo aprobados Unidad de Programación
7 Determinación de objetivos específicos, estrategias, actividades y proyectos y metas, por Unidad Operativa con su correspondiente demanda global de gasto priorizada; remisión a la respectiva UE. Unidades Operativas
8 Revisión de la programación de actividades. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, esta revisión será realizada por la Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  o instancia que haga sus veces en la UE y, posteriormente, remitida a la Unidad de Programación de la SPE. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  de las Unidades Ejecutoras con Financiamiento Externo
9 Revisión y consolidación de la Demanda Global de Gasto del Pliego 010 SPE – MED
10 Revisión y consolidación de la Demanda Global del Sector Educación y remisión a la Alta Dirección. SPE – MED
11 Aprobación de la propuesta de Demanda Global de Gasto y remisión al MEF. Titular del Pliego o quien éste faculte
Fase de Formulación
12 Una vez comunicado el límite del crédito presupuestario para la Entidad, se elabora una propuesta preliminar de distribución de los recursos por UE y UO. Se revisa la Estructura Funcional Programática, y se gestiona ante el MEF las modificaciones que fueran requeridas. SPE – MED
13 Aprobación de la propuesta de distribución del  crédito presupuestario asignado al pliego. Titular del Pliego o quien éste faculte
14 Difusión de la distribución del crédito presupuestario asignado. Unidad de Presupuesto
15 Formulación y priorización de actividades y metas por UO. Unidades Operativas
16 Revisión de la formulación de actividades. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, la revisión será realizada por la Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto o instancia que haga sus veces en la UE y remitida a la Unidad de Programación de la SPE. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  de las Unidades Ejecutoras con Financiamiento Externo
17 Elaboración del Proyecto de POI del Pliego 010. Unidad de Programación
18 Elaboración del Proyecto de Plan Operativo y de Formulación Presupuestal del Sector Educación. SPE - MED
19 Aprobación de ambos documentos y remisión al MEF Titular del Pliego o quien éste faculte
20 Sustentación del presupuesto del Sector ante el MEF SPE – MED
21 Sustentación del Presupuesto del Sector ante la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República. Ministro de Educación
22 Cada UO deberá iniciar el proceso de calendarización de sus recursos físicos y financieros y la elaboración de sus cuadros de necesidades. Unidades Operativas
23 Se aprueba la Ley de Presupuesto y el MEF comunica a todos los pliegos el crédito presupuestario aprobado. Congreso de la República
24 Una vez comunicado el crédito presupuestario asignado al pliego, se elabora la propuesta de distribución de la asignación por UE y UO. SPE – MED
25 Aprobación de la propuesta de distribución del crédito presupuestario. Titular del Pliego o quien éste faculte
26 Difusión de la distribución del crédito presupuestario aprobado. Unidad de Presupuesto
27 Ajuste al presupuesto aprobado y registro de la calendarización de los recursos físicos y presupuestales, así como del cuadro de necesidades en el sistema de planificación. Unidades Operativas
28 Revisión de la formulación de actividades y del cuadro de necesidades por UO. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, la revisión será realizada por la Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  o instancia que haga sus veces en la UE. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  de las Unidades Ejecutoras con Financiamiento Externo

Oficina de Administración
29 Remisión de los reportes sellados y visados como sustento para la elaboración del POI y del PAAC. Para el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, deberán llevar el VºBº de la Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto o instancia que haga sus veces en la UE. Unidades Operativas

Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  de las Unidades Ejecutoras con Financiamiento Externo
30 Elaboración del POI y del PIA del Pliego 010 SPE – MED
31 Elaboración del PAAC. Unidad Coordinadora del Programa o Proyecto  de las Unidades Ejecutoras con Financiamiento Externo

Oficina de Administración
32 Aprobación del POI, del PIA, y del PAAC. Titular del Pliego o quien éste faculte
33 Difusión y Publicación del POI del Pliego 010 aprobado. Unidad de Programación

1.3.2. Pautas Específicas

1.4.Instancias Intermedias

1.4.1.Fases del Subproceso y Responsables

Las responsabilidades para cada instancia intermedia dependen de su nivel organizacional:

Niveles de Organización Documento por elaborar Contenido Validación Remisión
Unidad Operativa Plan de Actividades Relación de actividades que realizará la UO durante el año. El documento debe estar sellado y visado por el responsable de la UO Remitir a su respectiva UE, a más tardar, dos semanas después de aprobada la Ley de Presupuesto.
Instancia Intermedia que no constituye una UE Plan Anual de Trabajo Incluye los Planes de Actividades de las UO que forman parte de la misma. El documento debe estar sellado, visado  y aprobado por el director de la Instancia Intermedia
Instancia Intermedia que constituye una UE Plan Operativo Incluye los Planes de Actividades de sus UO y los Planes Anuales de Trabajo de las UGEL que no constituyen UE y se encuentran bajo su dependencia. El documento debe estar sellado, visado  y aprobado por el responsable de la UE Remitir a su respectiva DRE y al Pliego, a más tardar, tres semanas después de aprobada la Ley de Presupuesto.
DRE Plan Operativo Regional Incluye los Planes Operativos de las distintas UE que se encuentran bajo su ámbito jurisdiccional. El documento debe estar sellado, visado  y aprobado por el Titular del Pliego o quien éste faculte. Remitir a la SPE-MED, a más tardar, la segunda semana de enero.

Las fases y etapas para el Subproceso de Programación y Formulación son las siguientes:

Fases Responsable
Fase de Programación
1 Determinación de los Objetivos Sectoriales de Corto Plazo. MED
2 Elaboración de la propuesta de Objetivos Institucionales de Corto Plazo, sobre la base de una planificación participativa. Área de Planificación y Presupuesto de la DRE
3 Aprobación de los Objetivos Institucionales de Corto Plazo y de la escala de prioridades. Titular del Pliego o quien éste faculte
4 Difusión de los Objetivos Institucionales de Corto Plazo y de la escala de prioridades. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias
5 Determinación de objetivos específicos, estrategias, actividades y proyectos y metas, por UO, con su correspondiente demanda global de gasto priorizada. Unidades Operativas
6 Las instancias intermedias que no constituyen una UE deberán consolidar su demanda global de gasto priorizada y remitirla a su correspondiente UE. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que no constituyen UE
7 Las instancias intermedias que constituyen una UE deberán consolidar su demanda global de gasto priorizada y remitirla a la DRE para su revisión; posteriormente, se remitirá al Área de Planificación y Presupuesto de Pliego correspondiente. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que constituyen UE
8 La DRE, adicionalmente, deberá elaborar el consolidado de la demanda global de gasto en Educación de la Región, el cual deberá remitir a la SPE del MED. Área de Planificación y Presupuesto de la DRE
Fase de Formulación
9 Una vez comunicado el límite del crédito presupuestario asignado a la Entidad, el Pliego realiza la distribución de los recursos asignados sobre la base de los acuerdos asumidos en la elaboración del Presupuesto Participativo y los comunica a sus respectivas UE. Asimismo, se revisa la Estructura Funcional Programática y se gestiona ante el MEF las modificaciones que fueran requeridas. Gobierno Regional
10 Cada UE deberá realizar la distribución de los recursos asignados y comunicarlos a sus respectivas UO. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que constituyen UE
Cada UO elaborará su proyecto de Plan de Actividades y lo remitirá, sellado y visado a su respectiva Área de Planificación y Presupuesto. Unidades Operativas
11 Las instancias intermedias que no constituyen una UE elaborarán su proyecto de Plan Anual de Trabajo, para lo cual podrán  definir objetivos específicos de la institución y deberán remitir el documento aprobado a su correspondiente UE. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que no constituyen UE
12 Las instancias intermedias que constituyen una UE elaborarán su proyecto de Plan Operativo, para lo cual podrán  definir objetivos específicos de la institución y deberán remitirla a la DRE para su revisión; posteriormente, se remitirá al Área de Planificación y Presupuesto de Pliego correspondiente para la elaboración del proyecto de POI y de la Formulación Presupuestal del Pliego para remitirlos al MEF. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que constituyen UE
13 La DRE, adicionalmente, deberá elaborar el consolidado del proyecto de Plan Operativo Regional de Educación, el cual deberá remitir al pliego correspondiente y a la SPE del MED para la elaboración del proyecto de Plan Operativo y Formulación Presupuestal del Sector Educación. Área de Planificación y Presupuesto de la DRE
14 Cada UO deberá iniciar el proceso de calendarización de sus recursos físicos y financieros y la elaboración de sus cuadros de necesidades. Unidades Operativas
15 Se aprueba la Ley de Presupuesto y el MEF comunica a todos los pliegos el crédito presupuestario aprobado. Congreso de la República
16 Una vez comunicado el crédito presupuestario asignado al pliego, se realiza la distribución de los recursos sobre la base de los acuerdos asumidos en la elaboración del Presupuesto Participativo y la Propuesta Consolidada presentada por la DRE y los comunica tanto a la DRE como a sus respectivas UE. Gobierno Regional
17 Cada UE realizará la distribución del crédito presupuestario asignado y lo comunica a sus respectivas UO. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que constituyen UE
18 Cada UO elaborará su Plan de Actividades y lo remitirá, sellado y visado, a su respectiva Área de Planificación y Presupuesto Unidades Operativas
19 Las instancias intermedias que no constituyen una UE elaborarán su Plan Anual de Trabajo, el cual deberá incluir, adicionalmente, un sistema de indicadores y sus mecanismos de medición. El Plan Anual de Trabajo deberá ser aprobado por el Director de la Instancia Intermedia y remitido a su correspondiente UE. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que no constituyen UE
20 Las instancias intermedias que constituyen una UE elaborarán su Plan Operativo, el cual deberá incluir, adicionalmente, un sistema de indicadores y sus mecanismos de medición. El Plan Operativo deberá ser aprobado por el Director de la Instancia Intermedia y remitido para la revisión de la DRE;  posteriormente, se remitirá al Área de Planificación y Presupuesto de Pliego correspondiente, para la elaboración y aprobación del POI y del PIA del Pliego. Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias que constituyen UE
21 La DRE, adicionalmente, deberá elaborar el consolidado del Plan Operativo Regional de Educación. Área de Planificación y Presupuesto de la DRE
22 Aprobación del Plan Operativo Regional de Educación. Titular del Pliego o quien éste faculte
23 Remisión del Plan Operativo Regional de Educación a la SPE del MED. Área de Planificación y Presupuesto de la DRE

1.4.2. Pautas Específicas

1.5.Resto del Sector

1.5.1.Fases del Subproceso y Responsables

Fases Responsable
Fase de Programación
1 Determinación de los Objetivos Sectoriales de Corto Plazo. MED
2 Elaboración de la propuesta de Objetivos Institucionales de Corto Plazo y de la escala de prioridades. Área de Planificación de la Institución
3 Aprobación de los Objetivos Institucionales de Corto Plazo y de la escala de prioridades. Titular del Pliego o quien éste faculte
4 Difusión de los Objetivos Institucional es de Corto Plazo y de la escala de prioridades. Área de Planificación de la Institución
5 Determinación de objetivos específicos, estrategias, actividades y proyectos y metas, por UO con su correspondiente demanda global de gasto priorizada. Unidades Operativas
6 Consolidación de la Demanda Global de Gasto priorizada Área de Planificación de la Institución
7 Revisión y aprobación de la Demanda Global de Gasto priorizada y remisión al MEF Titular del Pliego o quien éste faculte
Fase de Formulación
8 Una vez comunicado el límite del crédito presupuestario asignado a la Entidad, se elabora una propuesta preliminar de distribución de la asignación por UE y UO. Área de Planificación de la Institución
9 Revisión y aprobación de la propuesta de distribución del crédito presupuestario asignado al pliego. Titular del Pliego o quien éste faculte
10 Difusión de la distribución del crédito presupuestario asignado. Área de Planificación de la Institución
11 Cada UO elaborará su proyecto de Plan de Actividades detallando la calendarización de sus recursos físicos y financieros y lo remitirá, sellado y visado a su respectiva Área de Planificación. Unidades Operativas
12 Una vez revisada la formulación de actividades de las UO, se elaborará el proyecto de POI y de la Formulación Presupuestal del Pliego. Área de Planificación de la Institución
13 Revisión y aprobación del proyecto de POI y de la Formulación Presupuestal del Pliego y remisión al MEF y a la SPE del MED para la elaboración del proyecto de Plan Operativo y Formulación Presupuestal del Sector Educación. Titular del Pliego o quien éste faculte
14 Cada UO deberá iniciar el proceso de calendarización de sus recursos físicos y financieros y la elaboración de sus cuadros de necesidades. Unidades Operativas
15 Se aprueba la Ley de Presupuesto y el MEF comunica a todos los pliegos el crédito presupuestario aprobado. Congreso de la República
16 Una vez comunicado el crédito presupuestario asignado al pliego, se elabora la propuesta de distribución de la asignación por UE y UO. Área de Planificación de la Institución
17 Aprobación de la propuesta de distribución del crédito presupuestario. Titular del Pliego o quien éste faculte
18 Difusión de la distribución del crédito presupuestario aprobado. Área de Planificación de la Institución
19 Cada UO elaborará su Plan de Actividades y su cuadro de necesidades y los remitirá, sellados y visados, al Área de Planificación y a la Oficina de Administración, respectivamente. Unidades Operativas
20 Una vez revisada la formulación de actividades de las UO, se elaborará el POI y el PIA, así como el PAAC por UE. Área de Planificación de la Institución y Oficina de Administración
21 Revisión y aprobación del POI, el PIA y los PAAC Titular del Pliego o quien éste faculte
22 Remisión del POI aprobado a la SPE del MED. Área de Planificación de la Institución

1.5.2. Pautas Específicas

2. Subproceso de Reprogramación y Reformulación del Plan Operativo Institucional

2.1. Concepto

2.1.1. Reprogramación

Se entenderá como reprogramación al proceso a través del cual se incorpora modificaciones a las prioridades, lineamientos u objetivos del Plan Operativo Institucional aprobado por la Alta Dirección. Dicho cambio conlleva a la elaboración de un nuevo Plan Operativo Institucional, con una nueva programación de actividades, el cual debe ser aprobado por la Alta Dirección.

2.1.2. Reformulación

Se entenderá como reformulación al proceso a través del cual se incorpora modificaciones al Plan Operativo Institucional aprobado por la Alta Dirección, a nivel de las actividades y/o tareas, sin implicar la elaboración y/o aprobación de un nuevo Plan Operativo Institucional.

2.2. Pautas Generales

Toda reprogramación o reformulación de los POI debe considerar lo siguiente:

2.3. Sede Central

2.3.1. Fases del Subproceso de Reprogramación y Responsables

Fases Responsable
1 Solicita la reprogramación del POI por modificaciones en los lineamientos u objetivos del mismo. Titular del Pliego o quien éste faculte
2 Instruye y coordina los procedimientos técnicos por aplicar. Unidad de Programación
3 Reprograma las actividades de acuerdo con los nuevos lineamientos y/u objetivos. Unidades Operativas
4 Remite el sustento de la reprogramación, debidamente sellado y visado, a la Unidad de Programación de la SPE y a la Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo. Unidades Operativas
5 Revisa la reprogramación de actividades con el fin de verificar que ésta cumpla con la normatividad presupuestal y administrativa, así como que responda a los nuevos lineamientos y/u objetivos. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, se debe contar, además, con la opinión favorable de la Unidad de Programación de la SPE. SPE – MED

Oficina de Administración

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
6 Realiza las modificaciones presupuestarias y actualiza el módulo de presupuesto del sistema de planificación. Unidad de Presupuesto

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
7 Actualiza el sistema de planificación con las reprogramaciones aprobadas y se actualizan los cuadros de necesidades. Unidades Operativas
8 Revisa las reprogramaciones actualizadas en el sistema. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo

Oficina de Administración
9 Se remite los reportes sellados y visados como sustento para la elaboración del POI y actualización del PAAC, a la Unidad de Programación y a la Oficina de Administración respectivamente. En el caso del as UE con financiamiento externo, los reportes deben contar con el sello y visto de la Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE. Unidades Operativas

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
10 Elaboración del POI Reprogramado. Unidad de Programación
11 Actualización del PAAC. Oficina de Administración

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
12 Aprobación del POI Reprogramado y de los PAAC. Titular del Pliego o quien éste faculte
13 Difusión del POI Reprogramado Unidad de Programación

2.3.2. Fases del Subproceso de Reformulación y Responsables

Fases Responsable
1 Remite la reformulación de actividades, debidamente sustentada. Unidades Operativas
2 Revisa la modificación solicitada y se evalúa la pertinencia y factibilidad operativa en el marco del cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. Para ello, coordina con la Oficina de Administración para verificar la viabilidad administrativa. De proceder, elabora la propuesta de las modificaciones presupuestarias. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, se debe contar con la opinión favorable de la Unidad de Programación de la SPE. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
3 Revisa la reformulación con el fin de verificar que ésta cumpla con la normatividad presupuestal para su correspondiente aprobación. Unidad de Presupuesto

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
4 Remite el expediente aprobado para su opinión y trámite, según tipo de modificación

De existir una modificación presupuestaria entre las Direcciones Nacionales u Oficinas, se elevará la propuesta a la Alta Dirección, de lo contrario, pasará directamente para la correspondiente modificación presupuestal.
Unidad de Programación

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
5 Realiza las modificaciones presupuestarias y actualiza el módulo de presupuesto del sistema de planificación Unidad de Presupuesto

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
6 Actualiza el sistema de planificación con las reformulaciones aprobadas y, de ser necesario, se actualizan los cuadros de necesidades. Unidades Operativas
7 Revisa las reformulaciones actualizadas en el sistema de planificación. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo

Oficina de Administración
8 Remite los reportes sellados y visados como sustento para su consolidación  y actualización del PAAC. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, los reportes deben contar con sello y visto de la Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE. Unidades Operativas
9 Consolida las modificaciones realizadas al POI y, de ser necesario, se actualiza el PAAC. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo

Oficina de Administración
10 Aprueba las modificaciones al PAAC. Titular del pliego o quien éste faculte

2.3.3. Pautas específicas

2.4. Instancias Intermedias

2.5. Resto del Sector

3. Subproceso de Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional

3.1. Concepto

3.1.1. Monitoreo

Se entenderá como monitoreo al seguimiento sistemático y periódico de la ejecución de una actividad o proyecto para verificar el avance en la ejecución de la Meta Física (eficacia), la adecuada utilización de recursos para lograr dicho avance (eficiencia) y la consecución de los objetivos planteados durante el proceso de ejecución (efectividad), con el fin de detectar, oportunamente, deficiencias, obstáculos y/o necesidades de ajuste.

3.1.2. Evaluación Operativa

Se entenderá como evaluación operativa al proceso sistémico y objetivo que verifica la eficacia, eficiencia y efectividad de los Planes Operativos, a la luz de sus objetivos, en cada una de sus dimensiones (ejecución y resultados), debiendo tomar en cuenta los avances en el cumplimiento de compromisos que corresponda en relación con los Acuerdos, Planes Nacionales y otros a los que contribuye.

3.2. Pautas Generales

3.3. Sede Central

3.3.1. Fases del Subproceso de Monitoreo y Responsables

Fases Responsable
1 Registra mensualmente la ejecución de las metas físicas en el sistema de planificación. Unidades Operativas
2 Revisa la ejecución de las metas físicas a nivel de las actividades y tareas. Unidad de Programación

Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE con Financiamiento Externo
3 Remite los reportes sellados y visados, en forma trimestral, a la Unidad de Programación. En el caso de las UE que cuentan con financiamiento externo, los reportes deben contar, también, con el sello y visto de la Unidad Coordinadora o Instancia que haga sus veces en la UE. Unidades Operativas
4 Consolidación de los reportes de monitoreo Unidad de Programación

3.3.2. Fases del Subproceso de Evaluación y Responsables

Fases Responsable
1 Elaboración de los Informes de Evaluación, semestral y anual, del POI y del Presupuesto Institucional SPE - MED
2 Aprobación de los Informes de Evaluación Titular de Pliego o quien éste faculte
3 Difusión del Informe de Evaluación semestral y anual, aprobado. Unidad de Programación

3.3.3. Pautas Específicas

3.4. Instancias Intermedias

Los informes de Monitoreo y Evaluación se consolidan de acuerdo con el siguiente cuadro:

Niveles de Organización Documento  a elaborar Pautas Validación
Unidad Operativa Informes de Evaluación del Plan de Actividades Los reportes deben estar sellados y visados por el responsable de la UO.
Instancias Intermedias que no constituye UE Informes de Evaluación del Plan Anual de Trabajo Incluye los informes de evaluación de los Planes de Actividades de las UO que forman parte de la misma. Los informes deben estar sellados, visados y aprobados por el director de la instancia intermedia.
Instancias Intermedias que constituye UE Informes de Evaluación del Plan Operativo Incluye los informes de evaluación de los Planes de Actividades de sus UO y de los Planes Anuales de Trabajo de las UGEL que no constituyen UE y se encuentran bajo su dependencia. Los informes deben estar sellados, visados  y aprobados por el responsable de la UE.
DRE Informes de Evaluación del POI Regional Incluye los informes de evaluación de los Planes de Actividades de sus UO y los informes de evaluación de los Planes Operativos de las distintas UE que se encuentran bajo su ámbito jurisdiccional. Los informes deben estar sellados, visados y aprobados por el Titular del Pliego o quien éste faculte.

3.4.1. Fases de los Subprocesos de Monitoreo y Evaluación y Responsables

Fases Responsable
1 Monitoreo permanente de la ejecución de actividades y proyectos. Unidades Operativas

Área de Planificación y Presupuesto de las Instancias Intermedias
2 Las instancias intermedias que constituyen una UE deberán elaborar informes semestrales y anuales de evaluación de su Plan Operativo y remitirlos a su correspondiente Pliego. Por otro lado, las UGEL que constituyen una UE deberán remitir su evaluación semestral y anual  aprobada, también, a su respectiva DRE. Área de Planificación de las Instancias Intermedias que constituyen una UE
3 La DRE, adicionalmente, deberá elaborar el informe de evaluación semestral y anual del Plan Operativo Regional de Educación. Área de Planificación de la DRE
4 Aprobación de los informes semestrales y anuales de evaluación de los Planes Operativos Regionales de Educación. Titular del Pliego a quien éste faculte
5 Remisión del informe de evaluación del Plan Operativo Regional  de Educación a la SPE – MED. Área de Planificación de la DRE

3.4.2. Pautas Específicas

3.5. Resto del Sector

3.5.1. Fases de los Subprocesos de Monitoreo y Evaluación y Responsables

Fases Responsable
1 Monitoreo permanente de la ejecución de actividades y proyectos. Unidades Operativas

Área de Planificación y Presupuesto
2 Elaboración de los informes semestrales y anuales de evaluación. Área de Planificación y Presupuesto
3 Aprobación de los Informes de Evaluación Titular de Pliego o quien éste faculte
4 Remisión del Informe de Evaluación semestral y anual, aprobado, a la SPE - MED. Área de Planificación y Presupuesto

3.5.2. Pautas Específicas

TERCERA PARTE: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

  1. Los Comités de Gestión Presupuestaria (COGESPRE) son instancias de participación efectiva de los funcionarios y responsables de metas presupuestarias de las Unidades Ejecutoras durante la fase de ejecución presupuestaria, cuya función es acordar la distribución del presupuesto autorizado, así como la distribución y/o redistribución de los calendarios de compromisos asignados por la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en concordancia con los objetivos y metas del presupuesto en el marco de sus correspondientes Planes Operativos Institucionales, contribuyendo a la consolidación del Presupuesto Nacional en Educación.
  2. Los COGESPRE tienen por objetivo institucionalizar una gestión presupuestaria transparente, democrática, racional y descentralizada, que garantice el uso eficiente de los recursos públicos autorizados mediante créditos presupuestarios y calendarios de compromisos, al interior de las Unidades Ejecutoras que comprendan programas de educación básica y educación superior no universitaria, de acuerdo con sus correspondientes Planes Operativos Institucionales. En este sentido, es importante la coordinación y participación de los COGESPRE en cada uno de los subprocesos de la presente Directiva, relativos a la Fase de Ejecución Presupuestaria, según sus atribuciones y competencias.

CUARTA PARTE: DISPOSICIONES FINALES

  1. La SPE del MED tiene la facultad de emitir los instructivos correspondientes para orientar los diferentes subprocesos de la Planificación Operativa en el Sector Educación.
  2. La implementación de la presente Directiva se realizará de forma paulatina, de acuerdo con las orientaciones que se disponga en los instructivos correspondientes a cada subproceso de la Planificación Operativa.
  3. Este instrumento no pretende reemplazar a las Directivas emitidas por la DNPP, por lo que las Directivas emitidas por la DNPP deben aplicarse en todos sus extremos.
  4. Cada instancia es responsable de mantener su acervo documentario y de gestionar su publicación en Internet, de acuerdo con Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  5. Para cualquier consulta:
    • En el caso de la Sede Central, contactarse con los sectoristas por Unidad Ejecutora, de la Unidad de Programación.
    • En el caso de las Instancias Intermedias y Resto del Sector, contactarse al teléfono 215-5800 Anexos 1255/1256/1294 o al correo electrónico: planoperativo@minedu.gob.pe

GLOSARIO

  1. Actividad (acción)
    Es el conjunto de tareas que concurren en la operatividad y mantenimiento de los servicios públicos o administrativos existentes. Las actividades pueden ser de carácter permanente, periódico o temporal. Constituye la unidad básica para la determinación de los recursos humanos, físicos y financieros necesarios. Se desarrolla para lograr una meta determinada, respondiendo a la pregunta ¿Qué debemos hacer para lograr el resultado deseado?
  2. Calendario de Compromiso
    Constituye la autorización mensual para la ejecución de los créditos presupuestarios, en función del cual se establece el monto máximo para comprometer gastos a ser devengados, con sujeción a la disponibilidad financiera de la Caja Fiscal.
    Es autorizado por la Dirección Nacional de Presupuesto Público (DNPP) del MEF.
  3. Cuadro de Necesidades
    Es la descripción detallada de los requerimientos de bienes y servicios para un año determinado. Se desprende de la Formulación de Actividades y es el insumo principal para la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.
  4. Crédito Presupuestario
    Constituye el monto consignado en los presupuestos y sus modificaciones, con el objeto que los pliegos presupuestarios puedan ejecutar el gasto público. Este concepto, introducido por la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, sustituye a las denominaciones de asignación presupuestaria, asignación, techo presupuestario, marco presupuestario. Dichos recursos deben permitir lograr los Objetivos Institucionales del Pliego y deben incorporarse, necesariamente, en el Presupuesto Institucional, como condición necesaria para su utilización por parte de la Entidad.
  5. Dirección Regional de Educación
    Es un órgano especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Tiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación.
  6. Evaluación Operativa
    Proceso sistémico y objetivo que verifica la eficacia, eficiencia y efectividad de los Planes Operativos, a la luz de sus objetivos, en cada una de sus dimensiones (ejecución y resultados), debiendo tomar en cuenta los avances en el cumplimiento de compromisos que corresponda en relación con los Acuerdos, Planes Nacionales y otros a los que contribuye.
  7. Formulación
    Período en el cual las actividades se organizan en mayor detalle hasta el nivel de tareas, se detallan las metas y se calendariza y ajusta los recursos físicos y presupuestarios, de acuerdo con el crédito presupuestario asignado por el MEF. Una vez sancionada la Ley Anual de Presupuesto, se procede al ajuste final de la Formulación de la Asignación Presupuestaria y a la elaboración del POI y del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).
  8. Instancia Intermedia
    Son las Direcciones Regionales y Unidades de Gestión que forman parte del Sector Educación. Ver “Dirección Regional de Educación” y “Unidad de Gestión Educativa Local”.
  9. Lineamientos
    Orientaciones o directrices que rigen el accionar de un Sector (Lineamientos Generales) o de un programa específico (Lineamientos por Programas), basados en un diagnóstico. Reflejan las prioridades sectoriales que sirven de marco conceptual para la toma de decisiones y sobre las cuales se determinarán las líneas de acción.
  10. Modificaciones presupuestarias
    Cualquier cambio o alteración que se realice e implique variar las magnitudes o niveles previstos en el presupuesto anual aprobado, ya sea por concepto de habilitación y/o anulación de los créditos presupuestarios aprobados. Las modificaciones presupuestarias pueden darse en el Nivel Institucional así como en el Funcional Programático, y conllevan al incremento o disminución de la cantidad de metas presupuestarias aprobadas en el Presupuesto Institucional del Pliego o a la creación de nuevas metas presupuestarias.
  11. Monitoreo
    Seguimiento sistemático y periódico de la ejecución de una actividad o proyecto para verificar el avance en la ejecución de la Meta Física (eficacia), la adecuada utilización de recursos para lograr dicho avance (eficiencia) y la consecución de los objetivos planteados durante el proceso de ejecución (efectividad), con el fin de detectar, oportunamente, deficiencias, obstáculos y/o necesidades de ajuste.
  12. Objetivos
    Situación por alcanzar, a partir de una realidad presente que se desea cambiar, en un período de tiempo determinado, con el fin de dar solución a algún problema identificado. Todo objetivo debe ser susceptible de medición a través de indicadores verificables. Los objetivos pueden desagregarse en objetivos generales, parciales y/o específicos, concatenándose entre ellos, aportando los objetivos específicos al logro de los objetivos parciales y, éstos, al logro de los objetivos generales.
  13. Organismo Público Desconcentrado – OPD
    Institución descentralizada del Sector Educación, responsables de normar, supervisar y ejecutar políticas relativas a los ámbitos de la cultura, deporte, ciencia y tecnología, dentro de las políticas y prioridades sectoriales que define y formula el Ministerio de Educación.
  14. Planeamiento Estratégico
    Proceso por el cual las Entidades, de forma sistemática y coordinada, luego de haber realizado un análisis especializado, participativo y comparativo del contexto externo y realidad interna de la institución, definen su propósito, establecen objetivos, seleccionan estrategias y definen programas de actuación a largo y/o mediano plazo.
  15. Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
    Herramienta de gestión que contiene los procesos de selección programados (bajo cualquier modalidad) a ser convocados durante el año fiscal. Su elaboración se desprende del Plan Operativo y su presupuesto puede ser igual, menor o mayor al presupuesto aprobado; esto en virtud a que la ejecución de los contratos derivados de los procesos del PAAC no necesariamente se realizará durante el ejercicio sino que puede involucrar ejercicios futuros. El PAAC debe ser aprobado por el titular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad.
  16. Pliego Presupuestario
    Son las Entidades del Sector Público a las que se le ha aprobado un Crédito Presupuestario en la Ley Anual de Presupuesto. Desde el punto de vista operativo, los Pliegos Presupuestarios son los organismos ejecutores responsables del cumplimiento de las Metas Presupuestarias y del logro de los Objetivos Institucionales trazados para cada Año Fiscal, responsabilizándose –igualmente- de la atención de los gastos adicionales no contemplados en el PIA que se presenten durante la Fase de Ejecución Presupuestal, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria y financiera existente.
    (i) Presupuesto Institucional de Apertura (PIA): Es el Presupuesto Inicial aprobado por el Titular del Pliego de acuerdo con los montos establecidos para la Entidad por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
    (ii) Presupuesto Institucional Modificado (PIM): Es el Presupuesto Actualizado del Pliego. Comprende el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) así como las modificaciones presupuestarias (tanto en el Nivel Institucional como en el Funcional Programático) efectuadas durante el ejercicio presupuestario.
  17. Procesos Administrativos
    Son los pasos a seguir, ante una instancia administrativa, para la realización de las actividades definidas en el POA.
  18. Proceso de Selección
    Es el proceso administrativo mediante el cual se realiza la adquisición de bienes y/o la contratación de servicios en todas las Entidades del Sector Público. Los procesos de selección se rigen de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento.
  19. Programación
    Proceso por el cual se fija los objetivos institucionales de corto plazo, en función de los objetivos de mediano plazo, se define las estrategias, se propone las metas para el año y se identifica los indicadores asociados y las mediciones. Sobre esta base, se define las actividades por realizar, los recursos por emplear, la demanda global de gasto, así como la priorización de las intervenciones.
  20. Proyecto Educativo Local
    Instrumento de planeamiento de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), concertado con el Proyecto Educativo Regional, los planes de los Gobiernos Locales, las prioridades sectoriales y los Proyectos Educativos Institucionales de las instituciones educativas. Su propósito es la definición de objetivos, políticas y estrategias de mediano y largo plazo para la gestión de la UGEL. Prevé y organiza acciones pedagógicas, administrativas e institucionales, propone desarrollar el potencial de los actores educativos y busca contribuir con el bienestar y desarrollo de la comunidad local.
  21. Proyecto Educativo Nacional
    Es el conjunto de políticas que dan el marco estratégico a las decisiones que conducen al desarrollo de la educación. Se construye y desarrolla en el actuar conjunto del Estado y de la sociedad, a través del diálogo nacional, del consenso y de la concertación política, a efectos de garantizar su vigencia. Su formulación responde a la diversidad del país.
  22. Proyecto Educativo Regional
    Instrumento principal de planeamiento de la Dirección Regional de Educación, concertado con el Plan Nacional de Educación, los planes de los Gobiernos Regionales y Locales, las prioridades sectoriales y los Proyectos Educativos Institucionales de las instituciones educativas. Su propósito es la definición de objetivos, políticas y estrategias de mediano y largo plazo para la gestión de la Dirección Regional de Educación. Prevé y organiza acciones pedagógicas, administrativas e institucionales, propone desarrollar el potencial de los actores educativos y busca contribuir con el bienestar y desarrollo de la comunidad regional.
  23. Proyecto de Inversión Pública (PIP)
    Toda intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente los recursos públicos con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios, cuyos beneficios se generen durante toda la vida útil del proyecto.
    Las fases de los PIP son:
    (i) Preinversión: Comprende la elaboración del perfil (estimación inicial de aspectos técnicos – beneficios y costos- de un conjunto de alternativas), del estudio de prefactibilidad (estudio de diferentes alternativas y selección de la más eficiente) y del estudio de factibilidad (valoración precisa de los beneficios y costos de la alternativa seleccionada).
    (ii) Inversión: Comprende la elaboración del expediente técnico detallado y la ejecución del proyecto.
    (iii) Post-inversión: Comprende los procesos de control y evaluación expost.
  24. Reformulación
    Proceso a través del cual se incorpora modificaciones al Plan Operativo Institucional aprobado por la Alta Dirección, a nivel de las actividades y/o tareas; no implica la elaboración y/o aprobación de un nuevo Plan Operativo Institucional.
  25. Reprogramación
    Proceso a través del cual se incorpora modificaciones a las prioridades, lineamientos u objetivos del Plan Operativo Institucional aprobado por la Alta Dirección. Dicho cambio conlleva a la elaboración de un nuevo Plan Operativo Institucional, con una nueva programación de actividades, el cual debe ser aprobado por la Alta Dirección.
  26. Titular de Pliego
    Es la más alta autoridad ejecutiva de una Entidad. Es el responsable de a) efectuar la gestión presupuestaria, en las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación, y el control del gasto, de conformidad con la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto, b) lograr que los Objetivos y Metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se reflejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y proyectos a su cargo; y c) Concordar el Plan Operativo Institucional (POI) y su Presupuesto Institucional con su Plan Estratégico Institucional.
  27. Unidad Ejecutora
    Es aquella Dependencia Orgánica que cuenta con un nivel significativo de desconcentración administrativa para contraer compromisos, devengar gastos, ordenar pagos e informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas, cuya identificación presupuestaria requiere la autorización pertinente por parte de la DNPP. Las propuestas para la creación de nuevas Unidades Ejecutoras sólo pueden ser presentadas por el Titular del Pliego a la DNPP durante la fase de Formulación del Presupuesto para el siguiente año fiscal. En caso, de que se requiera crear una Unidad Ejecutora durante el año fiscal, esta deberá ser aprobada mediante una Ley o norma con rango de Ley. Asimismo, es la responsable del registro de información generada por la acciones de ejecución del gasto, la que debe hacerse de conocimiento de la Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces.
  28. Unidad de Gestión Educativa Local
    Instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia. Su jurisdicción territorial es la provincia. Dicha jurisdicción territorial puede ser modificada bajo criterios de dinámica social, afinidad geográfica, cultural o económica y facilidades de comunicación, en concordancia con las políticas nacionales de descentralización y modernización de la gestión del Estado. Proporciona el soporte técnico pedagógico, institucional y administrativo a las instituciones educativas y programas educativos de su ámbito, para asegurar un servicio educativo de calidad con equidad.
  29. Unidad Operativa
    Direcciones, oficinas y unidades que conforman la estructura orgánica del Ministerio de Educación (Pliego 010), sean órganos de línea, apoyo o asesoría, así como las pertenecientes a las Instancias Intermedias, OPD y Universidades. Es la instancia mínima de programación y ejecución de actividades.