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10 de Febrero de 2012

Contenido

Liberaciones

Denominación del procedimiento

Autorización de liberación de derechos arancelarios e I.G.V. por importación de bienes y equipos con fines educativos destinados a Instituciones Educativas Particulares y Públicas comprendidas en el anexo II.

Normativa

D.S. N° 046-97-EF (30/04/97), D.S. N° 152-EF-2003 (11/10/2003), D.S. N° 001-2004-EF (07/01/2004).

Requisitos

  • FORMULARIOS DE IMPORTACIONES LIBERADAS (DECRETO LEGISLATIVO N° 882). Cada modelo tiene un costo de S/.3.60 (0.001% UIT).
    • IA FORMULARIO DE REGISTRO, formulario utilizado cuando la institución realiza una importación en el Ministerio; registra todos los datos de la institución educativa. (un ejemplar). Firmado por el representante legal.
    • IB FORMULARIO DE LIBERACIÓN, formulario que registra los datos de la factura comercial (se usa por factura comercial).
    • II REGISTRO DE BIENES, formulario que se utiliza para registrar la información general del bien.
    NOTA: En cada formulario debe registrar debidamente la Partida Arancelaria según corresponda al bien o equipo. Descarge aquí el Listado de Partidas Arancelarias.
  • COPIA DE LA FACTURA COMERCIAL, autenticada por el fedatario del Ministerio de Educación (Presentar original de fedatario). Adicionalmente, adjuntar la copia simple de la Guía Aérea, Marítima o Postal.
  • DECLARACIÓN JURADA, justifica el uso y destino del bien, descripción detallada pedagógica sobre la adquisición del material educativo. Firmado por el representante legal.
  • DECLARACION JURADA DE LA DETERMINACION DEL CIF, dicha declaración se indica según el CIF ( FOB + FLETE + SEGURO ), detallando por Partida Arancelaria en una hoja membretada por la institución y firmada por el representante legal autorizado. Caso contrario, se adjunta la copia de la Declaración Única de Aduana Numerada.
  • RESOLUCIÓN DE AUTORIZACIÓN, se adjunta copia simple de la resolución de autorización y funcionamiento de la institución. En caso de Universidades se debe adjuntar la copia de la Ley de creación (cada vez que hace el trámite).
  • DERECHO DE PAGO, realizado únicamente por las instituciones particulares, por factura comercial S/.1681.20 (0.467% UIT).

Publicado el 12 Ene. 2010 - fuente OTD

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