Escudo del Perú

Resolución Suprema Nº 041-2006-ED

Autorizan salida de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación a Brasil para su exhibición en la exposición “Tesoros del Señor de Sipán y el esplendor de la cultura Mochica”

Lima, 11 de noviembre de 2006

Visto, el Oficio Nº 1158-2006-INC/DN cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expediente Nº 16239-2006/INC, el Director de la Pinacoteca do Estado de Sáo Paulo de Brasil, solicitó autorización para la salida temporal del país de ciento treinta y dos (132) bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, 71 de la colección del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú y 61 de la colección del Museo Tumbas Reales de Sipán, a fin que conformen la exposición denominada “Tesoros del Señor de Sipán y el esplendor de la cultura Mochica”, que se llevará a cabo del 10 de noviembre al 30 de diciembre de 2006 en las instalaciones de la referida pinacoteca;

Que, la Embajada de Brasil en Perú, con Carta s/n de fecha 4 de septiembre de 2006, comunicó el apoyo de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se refiere el considerando precedente;

Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal se solicita, detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, están cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito a la Póliza NA5189006, de acuerdo a las certificaciones emitidas por la empresa Heath Lambert Group, con una cobertura que abarca desde el 1 de octubre de 2006 al 27 de enero de 2007;

Que, mediante Informe Nº 007-2006-MNAAHP-AR, el Área de Registro del Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú opinó favorablemente por la autorización de salida temporal del país de los bienes culturales detallados en el anexo adjunto, a fin que conformen la exposición denominada “Tesoros del Señor de Sipán y el esplendor de la cultura Mochica”;

Que, el artículo 34 de la Ley Nº 28296 - Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación - establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para casos de exhibición con fines científicos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante Resolución Suprema;

Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refiere la presente resolución;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y Ley Nº 28296;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución y hasta el 15 de enero de 2007, la salida temporal del país de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fin que conformen la exposición denominada “Tesoros del Señor de Sipán y el esplendor de la cultura Mochica “, que se llevará a cabo del 10 de noviembre al 30 de diciembre de 2006 en la Pinacoteca do Estado de Sáo Paulo - Brasil.

Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno.

Artículo 3º.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal se autoriza al señor Antonio Fernández Manayalle, quien cumplirá la labor de verificación del estado de conservación, embalaje, traslados, desembalaje, montaje, desmontaje y retorno de los mencionados bienes; debiendo informar sobre tales acciones a la Dirección de Museos y Gestión del Patrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, póliza de seguro, impuestos de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Perú como en el extranjero, y visa del comisario designado serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición.

Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refiere la presente resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora de la exposición.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

regresar