Escudo del Perú

Resolución Suprema Nº 026-2007-ED

Autorizan viaje de funcionarias del INC a los EE.UU. para la recepción del inventario de objetos arqueológicos a ser entregada por la Universidad de Yale al Gobierno del Perú

Lima, 5 de setiembre de 2007

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficios Nºs. 824 y 875-2007-INC/DN, la Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura –INC, solicita autorización de viaje a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 10 al 15 de septiembre de 2007, en compañía de la licenciada Blanca Alva Guerrero, Directora de Defensa de Patrimonio Cultural del INC; con la finalidad de atender la recepción del inventario de objetos arqueológicos provenientes de Machu Picchu, a ser entregada por la Universidad de Yale al Gobierno del Perú;

Que, la entrega del citado inventario constituye un tema prioritario dentro de la política cultural del Gobierno Peruano, para la repatriación de este valioso patrimonio arqueológico; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 28927 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María Cecilia Cresencia Rosa Bákula Budge, Directora Nacional del Instituto Nacional de Cultura – INC, y de la licenciada Blanca Alva Guerrero, Directora de Defensa de Patrimonio Cultural del INC, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 10 al 15 de septiembre de 2007, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 2, 338.08
Viáticos : US$ 2, 000.00
Tarifa CORPAC : US$ 60.50

Artículo 3 º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las funcionarias cuyo viaje se autoriza, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4 º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominación o clase a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza.

Artículo 5 º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

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