Escudo del Perú

Resolución Suprema Nº 023-2007-ED

Autorizan salida temporal de bienes integrantes del patrimonio cultural de la nación para su exposición en Italia

Lima, 29 de agosto de 2007

Visto, el Oficio Nº 869-2007-INC/DN cursado por la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expediente Nº 12265-2007/INC, el Director Ejecutivo del Museo Arqueológico Rafael Larco Herrera, señor Andrés Álvarez – Calderón, solicitó autorización para la salida temporal del país de setenta y cuatro (74) bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación, de la colección de dicho museo, a fin que conformen la exposición denominada “L’Oro del Perú”, que se llevará a cabo del 15 al 19 de septiembre de 2007 en la Feria de Vicenza, y del 20 de septiembre al 21 de octubre de 2007 en el Museo Cívico del Palacio Chiericati, Vicenza, Italia;

Que, la Embajada de Italia, con carta Nº 1016 de fecha 16 de julio de 2007, comunicó el auspicio de dicha representación diplomática para la realización de la exposición a que se refiere el considerando precedente;

Que, los bienes culturales cuya autorización de salida temporal del país se solicita, detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, están cubiertos contra todo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito a la Póliza Nº 603/407114 de la empresa AXA Art Versicherung Aktiengesellschaft, con una cobertura que abarca desde el 19 de agosto al 31 de octubre de 2007;

Que, el artículo 34º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que procede la salida del país de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para casos de exhibición con fines científicos, artísticos y culturales, la misma que se autoriza mediante resolución suprema;

Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura cautelar y difundir el patrimonio cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que dicha institución recomienda autorizar la salida temporal del país de los bienes culturales a que se refiere la presente resolución;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560; Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; y Ley Nº 28296;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, a partir del 1 de septiembre de 2007 y hasta el 28 de octubre de 2007, la salida temporal del país de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación detallados en el anexo adjunto a la presente resolución, a fin que conformen la exposición denominada “L’oro del Perú”, que se llevará a cabo del 15 al 19 de septiembre de 2007 en la Feria de Vicenza, y del 20 de septiembre al 21 de octubre de 2007 en el Museo Cívico del Palacio Chiericati, Vicenza, Italia.

Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a que se contrae la presente resolución, durante su traslado, permanencia fuera del país y retorno.

Artículo 3 º.- Designar comisario de los bienes culturales cuya salida temporal se autoriza, al señor David Diestra López, quien cumplirá la labor de verificación del estado de conservación; suscribirá las fichas de registro de cada una de las piezas; supervisará el embalaje y desembalaje, tanto a la ida como al retorno; conocerá del montaje, desmontaje y elaborará un informe detallado y documentado de su participación.

Dicho informe será alcanzado a la Dirección Nacional del INC en un plazo no mayor de 15 días de concluida su participación tanto la etapa de ida, como de retorno de los bienes cuya salida temporal autoriza esta resolución suprema.

Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, póliza de seguro, impuestos de aeropuerto, movilidad local, tanto en el Perú como en el extranjero, y visa de la comisaria designada serán íntegramente asumidos por la entidad organizadora de la exposición.

Artículo 4 º.- Todos los gastos que ocasione la realización de la mencionada exposición, incluyendo los gastos de embalaje, fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los bienes culturales a que se refiere la presente resolución, serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora.

Artículo 5 º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

RELACIÓN DE PIEZAS ARQUEOLÓGICAS DEL MUSEO ARQUEOLÓGICO RAFAEL LARCO HERRERA PARA LA EXPOSICIÓN TEMPORAL: “L’ORO DEL PERÚ” DEL 15 DE SETIEMBRE AL 19 DE SETIEMBRE DEL 2007 DEL 20 DE SETIEMBRE AL 21 DE OCTUBRE DEL 2007

Objeto N°. de Registro Nacional Inventario Material Cultura
1 Botella escultórica 96,304 ML 002353 Cerámica Moche
2 Botella escultórica 34,217 ML 040317 Cerámica Virú-Gallinazo
3 Cántaro 96,305 ML 040322 Cerámica Wari
4 Botella escultórica 96,306 ML 040323 Cerámica Lambayeque
5 Botella 34,107 ML 040332 Cerámica Cupisnique
6 Botella 96,307 ML 040361 Cerámica Nasca
7 Aríbalo 96,308 ML 040400 Cerámica Inca
8 Pendiente 96,309 ML 100009 Metal Vicús
9 Nariguera 46,576 ML 100050 Metal Moche
10 Tupu/Alfiler 96,311 ML 100076 Metal Moche
11 Orejera 96,312 ML 100081 Metal Moche
12 Orejera 96,313 ML 100082 Metal Moche
13 Orejera 46,578 ML 100098 Metal Moche
14 Orejera 46,579 ML 100099 Metal Moche
15 Collar 34,856 ML 100117 Metal Moche
16 Pulsera 34,288 ML 100118 Metal Moche
17 Orejera 46,581 ML 100119 Metal Moche
18 Orejera 46,582 ML 100120 Metal Moche
19 Adorno 46,583 ML 100121 Metal Moche
20 Adorno 96,316 ML 100126 Metal Moche
21 Escultura 96,317 ML 100165 Metal Chimú
22 Collar 34,863 ML 100166 Metal Lambayeque
23 Collar 34,960 ML 100168 Metal Chimú
24 Pinza 96,318 ML 100170 Metal Chimú
25 Pinza 96,319 ML 100172 Metal Chimú
26 Cinturón 34,858 ML 100180 Metal Chimú
27 Máscara 34,259 ML 100187 Metal Moche
28 Nariguera 34,652 ML 100188 Metal Moche
29 Orejera 34,844 ML 100189 Metal Moche
30 Orejera 34,845 ML 100190 Metal Moche
31 Tupu/Alfiler 34,361 ML 100238 Metal Nasca
32 Adorno 34,359 ML 100241 Metal Chavín
33 Nariguera 46,588 ML 100246 Metal Nasca
34 Tobillera 34,870 ML 100264 Metal Moche
35 Collar 34,868 ML 100270 Metal Moche
36 Collar 34,865 ML 100271 Metal Moche
37 Collar 46,592 ML 100275 Metal Moche
38 Collar 96,320 ML 100276 Metal Moche
39 Caja 34,268 ML 100396 Metal Chimú
40 Vaso escultórico 34,326 ML 100410 Metal Chimú
41 Vaso escultórico 34,327 ML 100411 Metal Chimú
42 Collar 96,321 ML 100489 Metal Virú
43 Adorno 34,850 ML 100493 Metal Virú
44 Adorno 96,323 ML 100494 Metal Virú
45 Pulsera 34,851 ML 100562 Metal Vicús
46 Pulsera 76,107 ML 100563 Metal Vicús
47 Nariguera 96,324 ML 100564 Metal Vicús
48 Vaso 34,650 ML 100758 Metal Lambayeque
49 Adorno 34,247-34,246 ML 100768 Metal Moche
50 Adorno 34,245 ML 100769 Metal Moche
51 Protector coxal 96,325 ML 100790 Metal Moche
52 Protector coxal 46,624 ML 100792 Metal Moche
53 Escultura 34,369 ML 100798 Metal Chimú
54 Escultura 34,859 ML 100799 Metal Chimú
55 Plato 34,360 ML 100806 Metal Chimú
56 Copa 76,110 ML 100808 Metal Chimú
57 Copa 96,326 ML 100809 Metal Chimú
58 Collar 34,356 ML 100814 Metal Moche
59 Escultura 96,327 ML 100817 Metal Moche
60 Máscara 34,864 ML 100823 Metal Wari
61 Corona 36,914 ML 100825 Metal Vicús
62 Corona 34,902 ML 100826 Metal Vicús
63 Corona 96,328 ML 100841 Metal Vicús
64 Adorno 96,329 ML 100842 Metal Vicús
65 Adorno 96,330 ML 100843 Metal Vicús
66 Nariguera 96,331 ML 100844 Metal Vicús
67 Pectoral 34,917 ML 100845 Metal Vicús
68 Tupu/Alfiler 46,638 ML 100978 Metal -------
69 Tupu/Alfiler 46,639 ML 100979 Metal -------
70 Nariguera 46,653 ML 101040 Metal Moche
71 Collar 96,334 ML 101196 Metal Chimú
72 Adorno 96,335 ML 101422 Metal Wari
73 Pututo 96,336 ML 200001 Malacológico Moche
74 Pectoral 35,943 ML 200004 Malacológico Moche

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