Escudo del Perú

Resolución Suprema Nº 022-2008-ED

Aprueban suscripción de Adenda al Convenio de Administración de Recursos con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI

Lima, 23 de mayo de 2008

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2008-ED, se aprobó la suscripción del Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos financieros de la unidad Ejecutora 024: Sede Central para la ejecución del Plan “La Educación es Primero”;

Que, con Memorando Nº 235-2008-ME-SG/OPYC, la Oficina de Prensa y Comunicaciones propone una Adenda al citado Convenio, con el objeto de encargar al referido organismo internacional la ejecución de los procesos de contratación de los servicios requeridos para la realización de la II etapa para la Campaña de Difusión de los logros y resultados del Sector Educación durante los años 2007 y 2008;

Que, para tal efecto, el Ministerio de Educación deberá transferir a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, recursos hasta por UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 541,378.00);

Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales, para encargarles la administración de sus recursos. Dichas modalidades deben contar, previamente, con un informe de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertación, así como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento, y aprobarse por resolución suprema refrendada por el ministro del sector correspondiente. El procedimiento señalado se empleará también para el caso de las addendas, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metas no contempladas originalmente;

Que, por Informe Nº 192-2008-ME/SPE-LP, la Unidad de Presupuesto, se ha pronunciado favorablemente respecto a la celebración de la Adenda al Convenio de Administración de Recursos con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, precisando las ventajas y beneficios, así como, la previsión presupuestal correspondiente al ejercicio 2008, a efecto de posibilitar la transferencia de recursos financieros hasta por el monto indicado;

Que, en consecuencia resulta necesario celebrar una Adenda al Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, y transferir los recursos para tal fin;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29142 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la suscripción de la Adenda al Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos financieros de la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución con cargo al presupuesto modificado del Pliego 010: Ministerio de Educación.

Artículo 2º.- Autorizar al Secretario General del Ministerio de Educación a suscribir la Adenda al Convenio de Administración de Recursos a que se refiere el artículo precedente.

Artículo 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a transferir recursos hasta por UN MILLÓN QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 541,378.00); al organismo internacional referido en la presente resolución, para cuyo efecto deberá fijar los procedimientos administrativos que correspondan conforme a ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

 

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