Escudo del Perú

Resolución Suprema Nº 022-2007-ED

Modifican ámbitos jurisdiccionales de las Unidades de Gestión Educativa Local de Camaná y Condesuyos, a que se refiere el Anexo 02-A de la R.S. Nº 204-2002-ED

Lima, 29 de agosto de 2007

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 204-2002-ED, se aprueba el ámbito jurisdiccional, la organización interna y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), entre otras, de la Dirección Regional de Educación de Arequipa y de sus Unidades de Gestión Educativa Local;

Que, el rubro 7 del Anexo 02-A de la citada Resolución Suprema, determina el ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local - Camaná, incluyendo al distrito de Río Grande de la provincia de Condesuyos, en concordancia con la propuesta técnica formulada por la Comisión Regional de Reestructuración de la Dirección Regional de Educación de Arequipa;

Que, el Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, ha solicitado al Ministerio de Educación, la modificación de la Resolución Suprema Nº 204-2002-ED, en la parte que corresponde a los ámbitos jurisdiccionales de las Unidades de Gestión Educativa de Camaná y Condesuyos, precisando que el distrito de Río Grande debe pertenecer a la Unidad de Gestión Educativa Local de Condesuyos;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28044, Ley General de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el Anexo 02-A de la Resolución Suprema Nº 204-2002-ED, en lo referente a los ámbitos jurisdiccionales de las Unidades de Gestión Educativa Local de Camaná y Condesuyos, quedando modificado el cuadro del mencionado Anexo de la siguiente manera:

Órganos Intermedios de Gestión Educativa Ubicación de la sede institucional Ámbito jurisdiccional
07 UGEL Camaná Camaná Comprende la provincia de Camaná, excepto el Centro Poblado Minas Eugenia del distrito Mariano N. Valcárcel.
11 UGEL Condesuyos Chuquibamba Comprende: la provincia de Condesuyos, excepto el distrito de Cayarani.

Artículo 2º.- Encargar al Gobierno Regional de Arequipa y a la Dirección Regional de Educación de Arequipa la ejecución de acciones que aseguren un proceso adecuado y ordenado de transferencia de recursos humanos, materiales, financieros y acervo documental de la UGEL Camaná a la UGEL Condesuyos.

Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

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