Escudo del Perú

Resolución Ministerial Nº 0711-2005-ED

Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de publicación de encarte en medio de comunicación

Lima, 25 de Noviembre de 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0038-2005-ED se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2005, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educación Básica para Todos, 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria y 029: Programa Huascarán;

Que, mediante Oficio Nº 1710-2005/VMGP/DINEIP/UDCREEIP, la Dirección Nacional de Educación Inicial y Primaria, adjunta el Informe Técnico Nº 009-2005-SG-OPYC-ME, emitido por la Oficina de Prensa y Comunicaciones, en donde se manifiesta la necesidad de la publicación del encarte: “Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión de las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva 2006” en un (01) diario de circulación nacional; debido a la necesidad de dar a conocer a la comunidad en general y a la comunidad educativa en particular, sobre los alcances que tiene esta directiva, aprobada por el Ministerio de Educación; considerando que en dicho documento se establece que el año escolar tendrá obligatoriamente una duración de 38 semanas lectivas;

Que, asimismo, se menciona que por la importancia del contenido del documento en mención amerita darse a conocer a través de un medio de comunicación escrito de alcance nacional, cuyo cabal cumplimiento dará como resultado la disminución de tasas de deserción y repetición de año y la mejora de los aprendizajes en matemáticas, comunicación integral y en la práctica de valores; precisándose que esta calendarización del año escolar es “flexible” y debe ajustarse a las características geográficas, económico-productivas y socio-culturales de cada región;

Que, en consecuencia, es necesario incluir el proceso de selección que se debe ejecutar para concretar la contratación de dicho servicio en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria, para el ejercicio fiscal 2005 del Ministerio de Educación, considerando que el valor estimado para la referida contratación asciende a S/. 69, 529.16 (Sesenta y Nueve Mil Quinientos Veintinueve y 16/100 Nuevos Soles);

Que, en mérito al artículo 11º de la Ley Nº 28427 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; y el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el proceso de selección que corresponde llevar a cabo, es una Adjudicación Directa Selectiva;

Que, el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, estipula que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas y en el caso en que se tenga que incluir o excluir procesos de selección. Asimismo, el artículo mencionado indica que la aprobación y difusión de las modificaciones se hará de la forma prevista en los artículos 25º y 26º del Reglamento, respectivamente;

Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y, por su parte, el articulo 26º de dicho cuerpo normativo estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el documento que lo apruebe deberán ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de ser aprobado;

Que, por otro lado, el inciso f) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa o Adjudicación de Menor Cuantía, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley;

Que, al respecto, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, referido a los servicios personalísimos, precisa que se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificación los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distingue;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 2045-2005-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones a que se refiere el artículo 19º, entre ellas, los servicios personalísimos, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, siendo esta facultad indelegable;

Que, según la norma antes mencionada, una copia de la Resolución aprobatoria con el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación;

Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar de forma directa mediante acciones inmediatas el citado servicio de publicación, de conformidad con el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, con Hoja de Coordinación Interna Nº 1463-2005-ME-SPE/UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la citada contratación; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs 51-95-ED, 002-96-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la inclusión del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de publicación del encarte “Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión de las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva 2006” en un (01) diario de circulación nacional, con un valor referencial de S/. 69, 529.16 (Sesenta y Nueve Mil Quinientos Veintinueve y 16/100 Nuevos Soles), en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2005, correspondiente a la Unidad Ejecutora 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria, aprobado mediante Resolución de Secretaría General Nº 0038-2005-ED.

Artículo 2º.- La inclusión a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser comunicada a través del SEACE al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución.

Artículo 3º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, y autorícese a contratar de forma directa el servicio de publicación del encarte “Orientaciones y Normas Nacionales para la Gestión de las Instituciones Educativas de Educación Básica y Educación Técnico Productiva 2006” el día 11 de diciembre de 2005 al diario “La República”, por un monto de S/. 69, 529.16 (Sesenta y Nueve Mil Quinientos Veintinueve y 16/100 Nuevos Soles).

Artículo 4º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

Artículo 5º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Oficial el Peruano y a través del SEACE dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición.

Artículo 6º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidas a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación