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Resolución Ministerial Nº 0587-2005-ED

Lima, 22 de Setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Educación, conforme a la Política de Estado I “Movilización Nacional por Aprendizajes de Calidad” suscrita en el marco del Pacto Social de Compromisos Recíprocos por la Educación 2004 – 2006 en el Foro del Acuerdo Nacional, que recoge las expectativas del Estado y de la Sociedad Civil en materia educativa, ha contraído el compromiso tercero de la Medida 1 : “Facilitar el desarrollo de capacidades y prácticas de evaluación de logros de aprendizaje en los ámbitos regional, local y en los mismos centros escolares, que sirvan para la formulación de planes de mejoramiento”;

Que, según el Artº 21º, incisos c) y d), de la Ley General de Educación, Ley 28044, es función del Estado, “Promover el desarrollo científico y tecnológico en las instituciones educativas de todo el país y la incorporación de nuevas tecnologías en el proceso educativo, así como reconocer e incentivar la innovación e investigación que realizan las instituciones educativas”;

Que, entre los Lineamientos de Política del Ministerio de Educación se consideran, Nº 1: “Poner en Marcha un Programa Nacional de Emergencia Educativa” y Nº 6: “Diseñar una Política Pedagógica Nacional”, para que los estudiantes de las instituciones educativas públicas, “en especial las pertenecientes a sectores pobres y vulnerables mejoren sus aprendizajes básicos, empezando por incrementar sus competencias comunicacionales, proyectando progresivamente logros en razonamiento matemático sobre la base de formación en valores”; asimismo, para orientar e impulsar la investigación e innovación pedagógica destinadas a mejorar el logro de los aprendizajes, promoviendo su socialización y sostenibilidad.

Que, el numeral 1.01 de la Primera Fase del Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Secundaria del Contrato de Préstamo Nº 1237/OC-PE – suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, establece que el objetivo general del Programa es mejorar la calidad de la educación secundaria; y, el numeral 2.14 Innovaciones Educativas del mismo Programa, señala que “este subcomponente”, comprende el financiamiento de actividades de apoyo en el diseño y puesta en marcha de proyectos innovadores;

Que, es necesario viabilizar los acuerdos asumidos por el Ministerio de Educación en el Foro del Acuerdo Nacional, para cuyo efecto se ha programado el desarrollo de un Concurso Interno en el marco de la Actividad ASESORÍA Y FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS EMBLEMÁTICAS COMO LÍDERES DE LA REFORMA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA- Tarea “Subvenciones de Concurso de Proyectos Ganadores”, con el propósito de dinamizar y fortalecer a las Instituciones Educativas Emblemáticas del ámbito del territorio nacional, para que sean líderes referentes regionales en el proceso de la reforma educativa, en el marco del Plan Operativo Anual (POA) de la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica –DINESST-, correspondiéndole formular los documentos normativos y la Directiva pertinente;

Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica mediante el Informe Nº 314/UDCREES/RVV-2005, y con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Presupuesto mediante Hoja de Coordinación Interna Nº 1067-2005-ME/SPE-UP;

De conformidad con la Ley Nº 28044, el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, los Decretos Supremos N° 51-95-ED, 002-96-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar las Bases del Concurso Interno de Proyectos de Innovación Educativa “ASESORÍA Y FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS EMBLEMÁTICAS COMO LÍDERES DE LA REFORMA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA”, las mismas que constan de nueve (09) numerales y el Anexo 01, que se adjuntan y forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar la Directiva que norma la organización, ejecución y evaluación del Concurso Interno de Proyectos de Innovación Educativa “ASESORÍA Y FORTALECIMIENTO DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS EMBLEMÁTICAS COMO LÍDERES DE LA REFORMA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA”, la misma que consta de siete ( 07 ) numerales, que se incorpora como parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Encargar a la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica -DINESST, la difusión y el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 4°.- La Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica -DINESST informará al Vice Ministerio de Gestión Pedagógica sobre el desarrollo del Concurso.

Regístrese y comuníquese