Escudo del Perú

Resolución Ministerial Nº 0326-2007-ED

Declaran ilegales huelgas indefinidas decretadas en las Regiones Junín, Pasco y Puno por el SUTE Regional Junín, el SUTE Regional Pasco y el SUTEP Regional de Puno, respectivamente

Lima, 4 de julio de 2007

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio Nº 080-CER-SUTE-RJ-07, con fecha 15 de junio de 2007, el Secretario General del SUTE Regional Junín comunica al Director Regional de Educación de Junín la Huelga Nacional Indefinida a partir del 18 de junio de 2007;

Que, a través del Oficio Nº 01-2007-CDL-SUTE-P-P, con fecha 26 de junio de 2007, el Secretario General del SUTE Regional Pasco comunica al Director Regional de Educación de Pasco la Huelga General Indefinida a partir de la referida fecha;

Que, con el Oficio Nº 388-07-ME/DREP, con fecha 4 de julio de 2007, el Director Regional de Educación de Puno pone en conocimiento del Ministerio de Educación, el Memorial presentado por la dirigencia del SUTEP Regional de Puno en donde manifiesta que el magisterio puneño se encuentra en Huelga Nacional indefinida;

Que, el artículo 86º del Título IV del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2003-TR, publicado el 5 de octubre de 2003, establece que la huelga de los trabajadores sujetos al régimen laboral público, se sujetará a las normas contenidas en el precitado Título en cuanto le sean aplicables; así como, que la declaración de ilegalidad de la huelga será efectuada por el Sector correspondiente;

Que, el literal c) del artículo 73º del mencionado Texto Único Ordenado, establece que para la declaración de huelga se requiere que sea comunicada al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con diez (10) días útiles de antelación tratándose de servicios públicos esenciales; y, el artículo 82º del referido Texto, dispone que, cuando la huelga afecte los servicios públicos esenciales, los trabajadores en confl icto deben garantizar la permanencia del personal necesario para impedir su interrupción total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que así lo exijan;

Que, con fecha 21 de marzo de 2007, se publicó la Ley Nº 28988, que constituye la Educación Básica Regular como un servicio público esencial, a fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la educación, derecho reconocido en la Constitución Política del Perú, en la Ley General de Educación y en los Pactos Internacionales suscritos por el Estado peruano, Ley que, conforme a su artículo 3º, entró en vigencia al día siguiente de su publicación;

Que, consecuentemente el SUTE Regional Junín y el SUTE Regional Pasco debieron comunicar la declaración de huelga al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con diez (10) días útiles de antelación y garantizar la permanencia del personal necesario para impedir la interrupción total y asegurar la continuidad del servicio educativo en las Instituciones Educativas de Educación Básica regular;

Que, conforme al literal d) del artículo 84º del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, la huelga será declarada ilegal por no cumplir los trabajadores con lo dispuesto en el artículo 82º del precitado Texto;

Que, de acuerdo con el literal d) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido, salvo disposición de Ley expresa en contrario o por aplicación de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente, el pago de remuneraciones por días no laborados;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar ilegal la huelga indefinida que se viene desarrollando desde el 18 de junio de 2007, en la Región Junín, decretada por el SUTE Regional Junín; la huelga indefinida que se viene desarrollando desde el 26 de junio de 2007, en la Región Pasco, decretada por el SUTE Regional Pasco, y la huelga indefinida decretada por SUTEP Regional de Puno, debiendo los trabajadores reincorporarse a sus labores al día siguiente de publicada la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

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