Lima, 24 de Abril de 2006
Que mediante Carta de fecha 09 de febrero de 2006, el Banco Mundial cursó invitación al Ministro de Educación para que funcionarios del Ministerio de Educación, participen en el Curso: “Opciones estratégicas para la Reforma Educativa”, evento organizado por el Instituto del Banco Mundial, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de Norte América, del 01 al 12 de mayo de 2006;
Que, en la temática del citado curso, se da énfasis al incremento en el acceso para las escuelas primarias y secundarias más pobres, información para la rendición de cuentas en el marco del desarrollo de análisis de opciones de reforma educativa y el logro de la enseñanza primaria universal, temas que permitirán que funcionarios del Ministerio de Educación intercambien experiencias y accedan a la información relevante para construir políticas que permitan contribuir al logro de los objetivos nacionales;
Que, el Despacho Ministerial ha autorizado la participación del señor Augusto Gustavo Cabrera Sotomayor, Jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos y del señor Enrique Chon Yamasato, Consultor de la Secretaría de Planificación Estrategia del Ministerio de Educación;
Que, según Memorando Nº 567-2006-ME-SG/OGP, del 17 de abril de 2006, los gastos que generen el citado viaje serán asumidos por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, por lo que no irrogará gasto alguno al presupuesto del Ministerio de Educación; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Augusto Gustavo Cabrera Sotomayor, Jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos y del señor Enrique Chon Yamasato, Consultor de la Secretaría de Planificación Estrategia del Ministerio de Educación, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de Norte América, del 01 al 12 de mayo de 2006, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los citados funcionarios, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas durante el viaje autorizado.
Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho de exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominación o clase a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación