Escudo del Perú

Resolución Ministerial Nº 0166-2006-ED

Autorizan contratación directa de servicios artísticos y profesionales para evento de inuguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú.

Lima, 24 de Marzo de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0001-2006-ED, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2006, correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educación Básica Para Todos, 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria y 029: Programa Huascarán;

Que, mediante Memorándum Nº 190-2006-SG-OPYC-ME, la Oficina de Prensa y Comunicaciones, manifiesta la necesidad de contratar los servicios artísticos y profesionales de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú, para lo cual propone al señor Eduardo San Román Orams, considerando que de acuerdo a la experiencia, habilidad y destreza debidamente acreditada por dicha persona, la prestación de sus servicios puede calificarse como personalísimos, de acuerdo a lo señalado en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 145º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

Que, en consecuencia, es necesario incluir el proceso de selección que se debe ejecutar para concretar la contratación del citado servicio artístico y profesional en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para el ejercicio fiscal 2006 del Ministerio de Educación;

Que, en mérito al artículo 11° de la Ley N° 28652 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006; y el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, , el proceso de selección que corresponde llevar a cabo es una Adjudicación Directa Selectiva;

Que, el articulo 27° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas y en el caso en que se tenga que incluir o excluir procesos de selección. Asimismo, el artículo mencionado indica que la aprobación y difusión de las modificaciones se hará de la forma prevista en los artículos 25° y 26° del Reglamento, respectivamente;

Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y, por su parte, el articulo 26° de dicho cuerpo normativo estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el documento que lo apruebe deberán ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de ser aprobado;

Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa o Adjudicación de Menor Cuantía, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley;

Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales —entre otros—, procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar su adecuación para asumir la complejidad del objeto contractual;

Que, a través del Informe Técnico Nº 002-2006-SG-OPYC-ME, Oficina de Prensa y Comunicaciones del Ministerio de Educación sustenta la contratación directa de los servicios artísticos y profesionales de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú al señor Eduardo San Román Orams, al haberse configurado el supuesto de exoneración por servicios personalísimos al que se refiere el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, con relación a lo anterior, el citado Informe concluye que se evidencia la notoria especialización artística y profesional del señor Eduardo San Román Orams, puesto que su experiencia, habilidad y destreza para el diseño, puesta en escena, la producción y dirección general y artística de eventos de reconocida calidad en el Perú y en el extranjero, permiten sustentar de forma razonable que está en aptitud de asumir satisfactoriamente la complejidad de las exigencias de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe N° 0410-2006-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el artículo 146° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones a que se refiere el artículo 19º, entre ellas, los servicios personalísimos, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, siendo esta facultad indelegable;

Que, según la norma antes mencionada, una copia de la Resolución aprobatoria con el Informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación;

Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar de forma directa mediante acciones inmediatas el citado servicio de asesoría legal especializada, en aplicación del artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, mediante Hoja de Coordinación Interna Nº 242-2006-ME/SPE-UP, el Jefe de la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolución; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, modificado por la Ley N° 26510, los Decretos Supremos N°s 006-2006-ED, 083-2004-PCM, 084-2004-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la inclusión del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de los servicios artísticos y profesionales de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú, con un valor referencial de S/. 49,033.95 (Cuarenta y Nueve Mil Treinta y Tres y 95/100 Nuevos Soles), en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2006, correspondiente a la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, aprobado mediante Resolución de Secretaría General N° 0001-2006-ED.

Artículo 2°.- La inclusión a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución, deberá ser comunicada a través del SEACE al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución.

Artículo 3°.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, y autorícese a contratar de forma directa los servicios artísticos y profesionales del señor Eduardo San Román Orams para la producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú; por un monto de S/. 49,033.95 (Cuarenta y Nueve Mil Treinta y Tres y 95/100 Nuevos Soles).

Artículo 4°.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y de conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM.

Artículo 5°.- El egreso que ocasione la contratación exonerada se aplicará con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación; Unidad Ejecutora 024: Sede Central; Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios.

Artículo 6°.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y a través del SEACE dentro los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición.

Artículo 7°.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidas a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su expedición.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Javier Sota Nadal
Ministro de Educación