Escudo del Perú

Resolución Ministerial Nº 0105-2006-ED

Autorizan desarrollo de la Campaña de Sensibilización y Promoción “Tengo Derecho al Buen Trato”.

Lima, 3 de Marzo de 2006

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del artículo 31º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, es objetivo de la Educación Básica, formar integralmente al educando en los aspectos físico, afectivo y cognitivo para el logro de su identidad personal y social, ejercer la ciudadanía y desarrollar actividades laborales y económicas que le permitan organizar su proyecto de vida y contribuir al desarrollo del país;

Que, para el logro de la formación integral de los estudiantes, es necesario desarrollar campañas sostenibles de sensibilización, que incluyan acciones de Convivencia y Disciplina Escolar Democrática dirigidas a la comunidad educativa, tendientes a prevenir el maltrato físico, psicológico y abuso sexual en las instituciones educativas y otros análogos;

Que, bajo ese contexto la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, en el marco de sus atribuciones, ha propuesto la continuación del desarrollo de la Campaña “Tengo Derecho al Buen Trato” incluyéndose acciones de la Convivencia y Disciplina Escolar Democrática, que aseguren la sostenibilidad de la Campaña e institucionalice el respeto a los niños, niñas y adolescentes, las que deben estar integradas al quehacer educativo, promoviendo un modelo democrático de organización en la institución educativa, que se sostiene en valores éticos. En ese sentido, es pertinente autorizar el desarrollo de la referida Campaña;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1º .- Autorizar el desarrollo de la Campaña de Sensibilización y Promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” cada año, abarcando las siguientes líneas de acción: prevención del maltrato físico, psicológico, sexual y contra todo tipo de discriminación; y la Convivencia y Disciplina Escolar Democrática, las cuales deben estar integradas al quehacer educativo.

Artículo 2º.- Facultar a todos los Directores Regionales de Educación y Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local, a disponer las acciones pertinentes que faciliten la participación de los Directores, Tutores, Docentes, Padres de Familia y Estudiantes de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, en la presente Campaña.

Artículo 3º.- Establecer que las instituciones educativas integren su Proyecto de Convivencia y Disciplina Escolar Democrática al Plan Anual de Trabajo, a partir del año 2007.

Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa a expedir las normas complementarias que sean necesarias para diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar el desarrollo de la Campaña. Asimismo, dicha Oficina deberá informar periódicamente al Vice Ministerio de Gestión Pedagógica sobre lo desarrollado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.