Escudo del Perú

Resolución Ministerial Nº 0001-2006-ED

Delegan a la Secretaría General facultades y atribuciones de gestión y resolución en materia administraiva que le corresponden al Ministro de Educación.

Lima, 11 de Enero de 2006

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-96-ED, establece que el Ministro es la máxima autoridad del Sector Educación y Titular del Pliego Presupuestal; asimismo, señala que tiene entre sus funciones, delegar en el Secretario General, entre otros, las facultades y competencias que no sean privativas de su rol de Ministro de Estado;

Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 51-95-ED, dispone que la Secretaría General es el órgano responsable de las comunicaciones con entidades públicas; del trámite documentario; de asesorar e informar en materia de legislación, sobre la correcta aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias del sector y de la administración interna del Pliego Presupuestal del Ministerio de Educación;

Que, la Décima Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza al Ministerio de Educación a disponer a título oneroso y en el marco normativo establecido por el Decreto Legislativo Nº 674 y normas complementarias, de los bienes inmuebles de su propiedad, los que se encuentren en proceso de saneamiento físico legal, así como los que le hayan sido concedidos en uso, previa coordinación con la SBN; asimismo, establece que dicha autorización comprende cualquier modalidad de disposición que permita el aprovechamiento económico de los referidos bienes;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, reconocen distintas atribuciones y competencias a los Titulares de Pliego, las mismas que pueden ser materia de delegación;

Que, con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la marcha administrativa del Ministerio, resulta pertinente delegar a la Secretaría General, las facultades y atribuciones de gestión y resolución que en materia administrativa le corresponden al Titular del Pliego y que no sean de su exclusiva competencia, conforme lo dispuesto por las normas antes glosadas;

De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, modificada por la Ley N° 26510 y los Decretos Supremos N° 51-95-ED y 002-96-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DELEGAR a la Secretaría General, durante el ejercicio 2006, las facultades y atribuciones de gestión y resolución en materia administrativa que le corresponde al Ministro de Educación, en calidad de la más alta autoridad y Titular del Pliego 010 Ministerio de Educación, salvo en aquellos asuntos que por indicación expresa sean indelegables, de conformidad con las normas citadas en los considerandos de la presente Resolución.

Artículo 2º.- La delegación prevista por la presente Resolución comprende la facultad de decidir y resolver, sin que ello exima de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales vigentes establecidos en cada caso.

Regístrese, comuníquese y publíquese.