Aprueban el Plan de Evaluación de los Programas No Escolarizados de Educación de Adultos de Gestión Privada y la Directiva N° 140-2005-ME/VMGP/DINEA, Normas para la Reinscripción de los Programas No Escolarizados de Educación de Adultos de Gestión Privada
Que, es política de la Dirección Nacional de Educación de Adultos, garantizar la calidad de los servicios educativos en la Educación Básica Alternativa y una atención acorde con las características propias de esta modalidad;
Que, la Primera Disposición Transitoria y Complementaria del Reglamento de Educación Básica Alternativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2004-ED, dispone que el proceso de conversión de los centros y programas de Educación Primaria y Secundaria de Jóvenes y Adultos a la modalidad de Educación Básica Alternativa se ejecutará progresivamente, de acuerdo al Plan de Conversión y bajo la conducción del Ministerio de Educación;
Que, mediante Resolución Ministerial N°0310-2005-ED se suspende la creación de Centros y Programas de Educación Primaria y Secundaria de Adultos, públicos y privados, en tanto dure el proceso de conversión y se dicten las normas específicas para la creación de Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA), y se autoriza a la Dirección Nacional de Educación de Adultos dictar las medidas correspondientes a fin de evaluar el desempeño educativo de los Programas No Escolarizados de Educación Primaria y Secundaria de Adultos, públicos y privados;
Que, en el marco del Plan de Evaluación y de lo dispuesto en el considerando anterior, es necesario aprobar dicho Plan de Evaluación y la Directiva para la Reinscripción de los programas No Escolarizados de Gestión Privada, y ;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, modificado por Ley N° 26510, Ley N° 28044, los Decretos Supremos N° 51-95-ED, 002-96-ED y 015-2004-ED y la Resolución Ministerial N° 0310-2005-ED;
Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Evaluación de los Programas No Escolarizados de Educación de Adultos de Gestión Privada y la Directiva N° 140-2005-ME/VMGP/DINEA, Normas para la Reinscripción de los Programas No Escolarizados de Educación de Adultos de Gestión Privada.
Artículo 2°.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en la referida norma.
Regístrese y comuníquese
ARMANDO RUIZ TUESTA
Director Nacional de Educación de Adultos